Orden TAS/641/2005, de 28 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar las acciones de mediación y arbitraje a realizar por la Fundación del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje.
Marginal | BOE-A-2005-4383 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN TAS/641/2005, de 28 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a financiar las acciones de mediación y arbitraje a realizar por la Fundación del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje.
La Fundación del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), fundación laboral de carácter público tutelada por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, en el III Acuerdo Tripartito de Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales (ASEC-III), suscrito el día 29 de diciembre de 2004, de una parte por la Unión General de Trabajadores (UGT) y la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.), y de otra, por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), mantiene la misma línea que los anteriores Acuerdos, en el sentido de contar con la colaboración del Gobierno en la forma adecuada, para llevar a buen fin los objetivos perseguidos en el Acuerdo, que no son otros que la mediación y el arbitraje.
A tal fin, el Gobierno, y en su nombre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales presta su apoyo a la cooperación planteada por los agentes sociales a través del ASEC-III subvencionando a la Fundación del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje adquiriendo el compromiso de apoyar las funciones y cometidos pactadas por las organizaciones citadas, tal y como se desprende del Acuerdo suscrito el día 3 de abril de 2001.
La concesión de estas subvenciones corresponde a la Administración General del Estado, rigiéndose por lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Reglamento de Procedimiento para la Concesión deSubvenciones Públicas, aprobado por Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y en la presente Orden.
Con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio y dentro de los programas presupuestarios del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, se contemplará la subvención para que la Fundación del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje pueda ser beneficiaria de las ayudas destinadas a la remuneración de las actividades de mediación y arbitraje, como instrumentos de solución de conflictos laborales, así como para el funcionamiento de la propia Fundación.
Con la presente Orden se da cumplimiento a lo dispuesto en el artícu-lo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sobre el establecimiento de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas.
En su virtud, previo informe de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado en el Departamento, dispongo:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a sufragar las remuneraciones de las actividades de Mediación y Arbitraje para la Solución Extrajudicial de Conflictos Laborales, así como los gastos de funcionamiento de la Fundación del Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje.
La beneficiaria de las subvenciones reguladas por la presente Orden será, en todo caso, la Fundacióndel Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje.
La Fundación debe presentar, ante la Dirección General de Trabajo, en el primer mes decada uno de los ejercicios presupuestarios solicitud...
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