Orden APU/623/2008, de 14 de febrero, por la que se convocan las pruebas de aptitud para acceso a la profesión de Gestor Administrativo.

MarginalBOE-A-2008-4535
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyOrden

El artículo 7 del Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo, aprobado por Decreto 424/1963, de 1 de marzo, faculta al Ministro de Administraciones Públicas para convocar, a propuesta del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, las pruebas que permitan acreditar suficiente aptitud para obtener el título profesional de Gestor Administrativo y, en su caso, la inscripción en el Colegio correspondiente.

En consecuencia, en ejercicio de las facultades delegadas por el Ministro mediante Orden APU/3308/2004, sobre delegación de competencias en los órganos del Ministerio de Administraciones Públicas, a propuesta del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, resuelvo convocar las pruebas de aptitud para el acceso a la profesión de Gestor Administrativo, que se regirán por las bases contenidas en la presente Orden, excepto en las Comunidades Autónomas de Cataluña y Galicia, que tienen atribuida esta competencia, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 756/2006, de 16 de junio, y el Real Decreto 1141/2007, de 31 de agosto.

  1. Normas generales

    Primera.-Las pruebas de aptitud se celebrarán en Madrid. No obstante, quienes acrediten su residencia en la Comunidad Autónoma de Baleares y Canarias podrán realizar las pruebas de aptitud en dicha Comunidad, y ello sin perjuicio de las pruebas que convoquen las Administraciones de Cataluña y Galicia, en el ejercicio de sus competencias.

  2. Requisitos

    Segunda.-Podrán concurrir a las pruebas de aptitud quienes, a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

    1. Ser español, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea, de los demás signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o de un país que conceda reciprocidad de títulos y derechos.

    2. Ser mayor de edad.

    3. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas, en el ámbito de ninguno de los Estados miembros de la Unión Europea, de los demás signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de los países con los que existan convenios de reciprocidad.

    4. Estar en posesión o en condiciones de obtener alguno de los siguientes títulos:

    Licenciado en Derecho.

    Licenciado en Ciencias Económicas.

    Licenciado en Ciencias Empresariales.

    Licenciado en Ciencias Políticas.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  3. Solicitudes

    Tercera.-Los que deseen tomar parte en las expresadas pruebas de aptitud suscribirán la correspondiente solicitud, dirigida al Excelentísimo señor Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España, conforme al modelo recogido en el anexo I.

    El impreso de solicitud será facilitado gratuitamente por el Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España (calle Mayor, 58, 28013 Madrid) y por los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos. Este impreso de solicitud figura en la Página Web del Consejo General de Gestores Administrativos (www.gestores.net).

    Cuarta.-1. Las solicitudes deberán presentarse en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

    1. Las solicitudes se presentarán en la sede del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España (calle Mayor, 58, 28013 Madrid) o en los Colegios Oficiales de Gestores Administrativos.

      Quinta.-1. Las solicitudes de admisión deberán ir acompañadas del justificante de haber satisfecho la cantidad de setenta y dos euros, en concepto de formación del expediente y derechos de examen.

      Dicho pago deberá realizarse mediante ingreso en efectivo en la cuenta corriente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España que consta en el modelo oficial de solicitud, que deberá ser validada por la entidad bancaria en que se efectúa el ingreso, a través de certificación mecánica o, en su caso, mediante sello y firma autorizada de la misma, en el espacio destinado a estos efectos.

    2. La falta de acreditación del pago de esta cantidad determinará la no admisión del interesado a las pruebas de aptitud.

      Sexta.-1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España aprobará la lista provisional de aspirantes admitidos y no admitidos a la celebración de las pruebas, que se expondrá en los tablones de anuncios de las sedes de los Colegios Oficiales y del Consejo General, previo anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».

    3. Los aspirantes no admitidos dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio en el «Boletín Oficial del Estado», para subsanar la omisión o defecto que hubiese motivado la no admisión.

      Contra la exclusión de que hubieran sido objeto, los interesados podrán interponer reclamación oportuna ante el Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos, en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación a la lista a que se refiere el párrafo anterior.

      Transcurrido dicho plazo, el Presidente del Consejo General de Colegios Oficiales de Gestores Administrativos de España...

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