ORDEN CTE/1832/2003, de 20 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Centro Español de Metrología.

Fecha de Entrada en Vigor 4 de Julio de 2003
MarginalBOE-A-2003-13365
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnologia
Rango de LeyOrden

ORDEN CTE/1832/2003, de 20 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas por el Centro Español de Metrología.

El apartado 6 del artículo 81 del Texto Refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, dispone que compete a los Ministros de los Departamentos correspondientes establecer las bases reguladoras de la concesión de ayudas y subvenciones públicas.

El artículo 100 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, al crear el Centro Español de Metrología le atribuye, entre otras competencias, la formación de especialistas en Metrología. En este sentido, el Centro Español de Metrología ha venido realizando convocatorias de becas dirigidas al fomento y mejora de la formación en su ámbito de actuación.

Se hace, por tanto, necesario regular de manera pormenorizada y estable los diversos aspectos, así como los requisitos y las garantías que han de configurar el procedimiento de concesión de becas que se convoquen por el Centro Español de Metrología, en el marco jurídico definido por su vigente regulación, que le adscribe al Ministerio de Ciencia y Tecnología.

En todo caso, las convocatorias que se dicten al amparo de estas Bases se ajustarán a lo previsto por el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, aprobado por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre.

La presente Orden se dicta al amparo de la competencia exclusiva del Estado en materia de fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica, establecida en el artículo 149.1.15.a de la Constitución.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, de ayudas para la formación de especialistas en Metrología.

Las ayudas adoptarán la forma de becas para la especialización y formación y serán financiadas con cargo a los presupuestos del Centro Español de Metrología.

Segundo. Requisitos de los beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente Orden aquellas personas físicas que, teniendo plena capacidad de obrar y no estando inhabilitadas para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, reúnan las siguientes condiciones:

  1. Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.

  2. Estar en posesión del título exigido en la correspondiente convocatoria o acreditar el abono de los derechos para su expedición, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

  3. Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud, o acreditarse documentalmente que la homologación se encuentra en tramitación.

    El becario, en este último supuesto, estará obligado a notificar al Centro Español de Metrología, con carácter inmediato, la resolución que recaiga en el procedimiento. La denegación de la convalidación solicitada dará lugar al inicio del procedimiento de reintegro de la ayuda.

  4. No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.

    Tercero. Convocatorias.

    1. El procedimiento de concesión de las becas se iniciará de oficio, mediante convocatoria pública, que deberá ser aprobada por resolución del Presidente del Centro Español de Metrología y publicada en el Boletín Oficial del Estado, en la que se hará mención expresa del Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas, aprobado por el Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, y de la presente Orden.

    2. En la convocatoria debe figurar:

  5. El objeto específico de las becas de que se trate y la duración de las mismas. Las becas estarán dirigidas a la formación y especialización en Metrología de los beneficiarios.

  6. La determinación de que la adjudicación se llevará a cabo en régimen de concurrencia competitiva.

  7. Los requisitos específicos que deben reunir los solicitantes y la forma de acreditarlos para garantizar unas condiciones de efectiva concurrencia.

    Las correspondientes convocatorias podrán establecer como requisito que el expediente académico del...

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