Orden ITC/822/2009, de 26 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de Comercio y Turismo/ Fulbright.

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Abril de 2009
MarginalBOE-A-2009-5558
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

Los cambios que se han venido produciendo en los últimos años, tanto en la sociedad española como en la posición de España dentro de la Comunidad Internacional, llevan a la necesidad de ampliar y perfeccionar los conocimientos del personal al servicio de la Administración Comercial y Turística.

Con el propósito de formar especialistas dentro del sector público en el campo de la Dirección de Organizaciones y en aquellos campos relacionados con los sectores comercial y turístico y de estrechar aún más los lazos entre España y los Estados Unidos de América, el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha estimado conveniente suscribir un Convenio de Colaboración, firmado el 31 de marzo de 2006, con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (en lo sucesivo Comisión), que fue creada mediante el Acuerdo entre el Reino de España y los Estados Unidos de América en materia de Cooperación Educativa, Cultural y Científica hecho en Madrid el 27 de octubre de 1994. La finalidad del convenio de colaboración es la de establecer un programa de cooperación y financiar las becas.

En su cláusula primera se acuerda el sometimiento de las bases reguladoras de la concesión de las becas a la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Por cuanto antecede, dispongo la aprobación de las siguientes bases:

Primera. Objeto de las becas.

  1. Las becas Comercio y Turismo/Fulbright tienen por objeto contribuir a la financiación de un proyecto de formación académica y perfeccionamiento técnico-profesional en una universidad estadounidense, siguiendo un programa de estudios establecido para la obtención del grado de «Master» u otra titulación o certificación profesional, un plan de acreditación académica sin objetivo de titulación o, un proyecto de investigación.

  2. Los campos de estudio a los que se da prioridad son:

    1. Publicidad y Marketing Internacional.

    2. Comercio, Economía y Finanzas Internacionales.

    3. Derecho Mercantil Internacional.

    4. Política Turística y Gestión de Calidad Turística.

    5. Dirección de Organizaciones del Sector Público.

    6. Análisis de Políticas Públicas.

    Sin perjuicio de que el aspirante pueda proponer en su solicitud, y el Comité de Selección admitir, proyectos de estudio y/o investigación en campos relacionados directamente.

    Segunda. Gestión de las becas.–La Comisión se encargará de la gestión de las becas con la colaboración del «Institute of International Education» (IIE) en Estados Unidos por delegación del Gobierno de aquel país.

    Tercera. Requisitos de los solicitantes.

  3. Nacionalidad española. No se admiten solicitudes de beneficiarios de doble nacionalidad con Estados Unidos.

  4. Título Superior con grado de licenciatura o doctorado expedido por una universidad española. En el caso de los títulos otorgados por centros universitarios extranjeros o españoles privados, deberán estar homologados por el Ministerio de Ciencia e Innovación antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  5. Prestar servicio, dentro del territorio nacional español, como funcionario o personal laboral fijo en la Secretaría de Estado de Comercio, la Secretaría de Estado de Turismo o en los organismos, entidades públicas y sociedades estatales, adscritos al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio a través de dichas Secretarías de Estado, y acreditar un claro interés, por razón del puesto que desempeña, en los campos indicados en el apartado 2. de la base primera de esta orden.

    También se admitirán solicitudes de funcionarios de las Secretarías de Estado de Comercio y de Turismo que presten servicio, fuera del territorio nacional español, en alguna Oficina Comercial de la red de Oficinas Económicas y Comerciales de la Secretaría de Estado de Comercio, Entidades Financieras Multilaterales u Oficinas Españolas de Turismo. No podrán optar a estas becas los destinados en Estados Unidos o los que hayan estado allí destinados en los dos años precedentes a la solicitud.

    También podrán solicitar las becas los funcionarios pertenecientes a los Cuerpos de la Administración especializados en Comercio Exterior que estén prestando servicio en otros organismos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, así como los que estén prestando servicios en el Ministerio de Economía y Hacienda dentro del territorio nacional.

    Se establece que, en el caso de igualdad en las puntuaciones, el orden de preferencia para la concesión de estas becas será en primer lugar para funcionarios o personal laboral de la Secretaría de Estado de Comercio o de la Secretaría de Estado de Turismo u organismos a ellas adscritos, a continuación, aquellos que estén prestando servicio en otros organismos del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y, por último, los destinados en el Ministerio de Economía y Hacienda.

  6. Excelente conocimiento del idioma inglés -hablado y escrito- en el momento de formalizar la solicitud.

    Cuarta. Convocatoria de becas.

  7. El procedimiento de concesión de las becas en régimen de concurrencia competitiva se iniciará de oficio, mediante convocatoria pública, aprobada conjuntamente por la...

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