Real Decreto 1432/1995, de 4 de Agosto, por el Que Se Aprueba el Acuerdo Transaccional Entre el Estado y Don Juan Negrin Jr.

MarginalBOE-A-1995-20416
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia e Interior
Rango de LeyReal Decreto

A propuesta del Ministro de Justicia e Interior, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 4 de agosto de 1995, de conformidad con lo establecido en el artículo 39 de la Ley General Presupuestaria y de acuerdo con el Consejo de Estado,

D I S P O N G O :

Artículo único

Se aprueba la siguiente propuesta de transacción de la Secretaría General de Justicia del Ministerio de Justicia e Interior.

1. El Estado y don Juan Negrín Jr., con base en las recíprocas y mutuas concesiones que en esta propuesta se contienen, convienen en celebrar el presente Acuerdo transaccional, al objeto de resolver definitivamente las cuestiones suscitadas por el segundo al primero y evitar toda controversia o litigio judicial que llevaría implícitas evidentes y grandes dificultades.

2. El Estado abonará a don Juan Negrín Jr., como representante de la comunidad de herederos de don Juan Negrín Cabrera, integrada por don Juan Negrín Jr., nacido Juan Heriberto Negrín Fidelman, don Rómulo Negrín Fidelman y don Miguel Heriberto Negrín Fidelman, la cantidad de 287.000.000 de pesetas, como compensación total por los daños y perjuicios que se hayan podido producir como consecuencia de la incautación y administración judicial de los bienes integrantes de la herencia de don Juan Negrín Cabrera, durante el tiempo en que estuvieron en esta situación por aplicación de la Ley de Responsabilidades Políticas.

Dicha cantidad se hará efectiva de la forma siguiente: 180.000.000 de pesetas en el presente ejercicio, con cargo a las dotaciones consignadas en los Presupuestos Generales del Estado para 1995; los restantes 107.000.000 de pesetas se abonarán en 1996, con cargo a las dotaciones de los Presupuestos Generales del Estado para dicho año.

3. Como contraprestación por la indemnización mencionada, don Juan Negrín Jr., en el concepto en que interviene, renuncia expresa y formalmente tanto a la reclamación que tiene formulada al Estado como a cualquier otra anterior o posterior que pueda presentarse o haber sido presentada ante cualquiera de las Administraciones Públicas del Estado español, incluidas las corporaciones e instituciones públicas sometidas a su tutela, o sus órganos, empresas y demás personas jurídicas públicas, en las que pudiera exigirse algún tipo de responsabilidad patrimonial, ya lo sea por haber obrado por mediación de agente especial o por el funcionamiento normal o anormal de sus servicios.

4. En consecuencia con la estipulación anterior, el señor Negrín da por finiquitada la reclamación que tiene formulada ante el Ministerio de Justicia e Interior y cualquier otra de las comprendidas en el apartado anterior.

5. Las partes prestan expresamente su conformidad a esta propuesta de transacción que como acuerdo preliminar suscriben condicionando su efectividad definitiva a su aprobación por el Consejo de Ministros.

Dado en Palma de Mallorca a 4 de agosto de 1995.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia e Interior,

JUAN ALBERTO BELLOCH JULBE

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