Decreto 229/2006, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el cambio de capitalidad del Ayuntamiento de O Páramo.

MarginalBOE-A-2007-2381
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Galicia
Rango de LeyDecreto

El Pleno del Ayuntamiento de O Páramo acordó aprobar el cambio de capitalidad de su municipio de modo que su capital, situada en Trebolle, quedase fijada en un nuevo núcleo de población denominado O Páramo.

El cambio de capitalidad se fundamenta en la importancia económica y en los beneficios que este cambio reporta a los residentes en el término municipal, toda vez que en el núcleo de O Páramo están situados o proyectados la mayor parte de los servicios y dotaciones públicas y también de los servicios privados. Esta motivación está prevista en el artículo 51.e) de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia.

El expediente de cambio de capitalidad fue tramitado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 48 y siguientes de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local y demás normativa aplicable. Fue informado favorablemente por la Diputación Provincial de Lugo, la Comisión de Toponimia y la Comisión Gallega de Delimitación Territorial.

La competencia para alterar la capitalidad de los municipios corresponde al Consello de la Xunta de Galicia mediante decreto a propuesta del conselleiro competente en materia de régimen local, según establece la Ley 5/1997, de 22 de julio.

Así, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión de treinta de noviembre de dos mil seis, dispongo:

Artículo único

Aprobar el cambio de capitalidad del Ayuntamiento de O Páramo, fijando su capital en el núcleo de población denominado O Páramo.

Disposición final única

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el Consello de la Xunta de Galicia en el plazo de un mes...

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