Orden APA/3227/2007, de 16 de octubre, por la que se publica la lista de aprobados en las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, convocadas por Orden APA/992/2007, de 28 de marzo.

MarginalBOE-A-2007-19273
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden
45718 Miércoles 7 noviembre 2007 BOE núm. 267
B. OPOSICIONES Y CONCURSOS
MINISTERIO DEL INTERIOR
19272 RESOLUCIÓN de 24 de octubre de 2007, de la Direc-
ción General de la Policía y de la Guardia Civil, de
corrección de errores de la de 5 de octubre de 2007,
por la que se convoca oposición libre para cubrir pla-
zas de alumnos del Centro de Formación de la Divi-
sión de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a
ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector,
del Cuerpo Nacional de Policía.
Advertido error en la publicación del texto de la Resolución de
este Centro directivo de 5 de octubre de 2007, inserta en el «Boletín
Oficial del Estado» núm. 254, del 23 de octubre, a continuación se
hace pública la oportuna rectificación:
En el punto 6.1.4, cuarta prueba (reconocimiento médico) donde
dice: «IMC = P/T2»; debe decir: «IMC = P/T2».
En el punto 6.4, donde dice: «Puntuaciones que se asignan a los
Deportivas de Alto Nivel»; debe decir: «Puntuaciones que se asignan
a los Deportistas de Alto Nivel».
En el anexo III, punto 3, segundo parráfo, donde dice: «... los
Servicios de Sanidad de la Dirección General de la Policía...», debe
decir: «... los Servicios de Sanidad del Cuerpo Nacional de Policía...».
Madrid, 24 de octubre de 2007.–El Director General de la Poli-
cía y de la Guardia Civil, Joan Mesquida Ferrando.
MINISTERIO DE AGRICULTURA,
PESCA Y ALIMENTACIÓN
19273 ORDEN APA/3227/2007, de 16 de octubre, por la
que se publica la lista de aprobados en las pruebas
selectivas para ingreso, por promoción interna, en la
Escala de Titulados de Escuelas Técnicas de Grado
Medio de Organismos Autónomos del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, convocadas por
Finalizadas las fases de oposición y concurso de las pruebas
selectivas para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Titu-
lados de Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. del M.A.P.A.,
convocadas por Orden de 28 de marzo de 2007 (BOE del 16 de abril
de 2007), de este Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación,
según lo establecido en el artículo 22.1 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, y en la base decimotercera, punto 2, de la Orden
APU/423/2005, de 22 de febrero, por la que se establecen las bases
comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso a
cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
Este Departamento ha dispuesto:
Primero.–Publicar la lista de aprobados por orden de puntuación
obtenida en las fases de oposición y concurso de las pruebas selecti-
vas para ingreso, por promoción interna, en la Escala de Titulados de
Escuelas Técnicas de Grado Medio de OO.AA. del M.A.P.A., según
Anexo I de esta Orden.
Segundo.–Los aspirantes aprobados, que figuran en el Anexo I
adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de esta Orden, para
presentar, en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca
y Alimentación o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de
la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-
nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los
siguientes documentos:
1. Fotocopia compulsada del documento de identidad o pasa-
porte o, en su caso, autorización para realizar consulta telemática
mediante el Sistema de Verificación de datos de Identidad, manifes-
tada expresamente en el Anexo II.
2. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 6 de la
convocatoria o certificación académica que acredite haber realizado
todos los estudios para la obtención del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite
su homologación.
3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública,
ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según
el modelo que figura como Anexo III.
Tercero.–Asimismo deberán formular opción para la percepción
de la remuneración que deseen percibir durante su condición de fun-
cionarios en prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igual-
mente por quienes invoquen su condición de personal laboral o fun-
cionario interino, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto
456/1986, de 10 de febrero, modificado por Real Decreto 213/
2003, de 21 de febrero.
Cuarto.–Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza
mayor debidamente acreditados, no presentasen la documentación,
o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los
requisitos señalados en la base séptima de la Orden APU/423/2005,
de 22 de febrero, y en la base 6 específica de la convocatoria, no
podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actua-
ciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
Quinto.–Por orden de la autoridad convocante se procederá al
nombramiento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará
la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o periodo
de prácticas determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo de
prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o período de prácticas
por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose
en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Sexto.–La petición de destinos por parte de los aspirantes apro-
bados deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez finali-
zado el periodo de prácticas. Los aspirantes podrán solicitar que se
les adjudique destino en el puesto de trabajo que vinieran desempe-
ñando con carácter definitivo o mediante adscripción provisional, en
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de
adjudicación de destinos, de conformidad con los artículos 26 y 78
La opción de permanecer en el puesto de trabajo que se viniera
desempeñando, en el caso de que dicho puesto radique en Adminis-
traciones Públicas distintas de la del Estado, se someterá a lo que
estas Administraciones convengan al respecto, y en todo caso, la
adjudicación de destinos se efectuará por los órganos competentes
de estas Administraciones Públicas.

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