Orden TIN/592/2009, de 3 de marzo, por la que se hace pública la relación definitiva de aspirantes aprobados en la fase de oposición del proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo Superior de Intervención y Contabilidad de la Administración de la Seguridad Social, convocado por Orden TAS/877/2008, de 24 de marzo.

MarginalBOE-A-2009-4168
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

De conformidad con lo establecido en el número 2 del apartado decimoséptimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para el ingreso o el acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, se hace pública, como anexo I, la lista definitiva de aspirantes que han superado la fase de oposición con arreglo a la puntuación obtenida, donde constan las calificaciones de los ejercicios y la suma total.

  1. Presentación de documentos

    Los aspirantes aprobados dispondrán de un plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Orden, para presentar, en el Registro General del Ministerio de Trabajo e Inmigración o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y dirigidos a la Subdirección General de Ordenación y Desarrollo de los Recursos Humanos de los Organismos Autónomos y de la Seguridad Social los siguientes documentos:

    1. Fotocopia compulsada del título académico exigido en la base 4 de la Orden de convocatoria, o en su defecto, certificación académica que acredite haber realizado (en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes) todos los estudios para su obtención.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, fotocopia compulsada de la credencial que acredite la homologación que corresponda. B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según modelo que figura como anexo II. C) Los aspirantes que se hayan presentado por el turno libre deberán presentar certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

    Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado noveno de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen incurrido...

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