Orden FOM/2011/2010, de 19 de julio, por la que se publica la relación de aspirantes aprobados en las fases de oposición y concurso del proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos.

MarginalBOE-A-2010-11950
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

Finalizadas las fases de oposición y concurso del proceso selectivo para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, convocado por Orden FOM/3358/2009, de 4 de diciembre (BOE del 15),

Este Ministerio ha resuelto:

Primero.—Declarar desiertas, dentro del proceso selectivo, las plazas reservadas para acceso por promoción interna, al no haberse presentado ninguna solicitud de participación.

Segundo.—Hacer pública, de conformidad con lo dispuesto en el apartado decimoséptimo,1 y 2, de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (BOE del 27), por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación obtenida, con indicación del número del documento nacional de identidad.

Tercero.—Los aspirantes aprobados, que figuran en el anexo I adjunto, dispondrán de un plazo de veinte días naturales desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado de esta Orden, para presentar en el Registro General del Ministerio de Fomento, o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

  1. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la convocatoria.—En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite su homologación o convalidación en su caso. Al amparo de lo dispuesto en la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio, por la que se modifica la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes, el requisito anterior no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

  2. Declaración bajo juramento o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II.

  3. Autorización debidamente cumplimentada, según el modelo que figura como anexo III, prestando consentimiento para consultar sus datos de identidad o, en caso de no...

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