Resolución de 16 de diciembre de 2008, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación al Informe de fiscalización de los Procedimientos de reconocimiento y pago de pensiones en el extranjero, durante el ejercicio 2003.

MarginalBOE-A-2009-4190
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorCortes Generales
Rango de LeyResolución

La Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en su sesión del día 16 de diciembre de 2008, a la vista del Informe remitido por ese Alto Tribunal acerca del Informe de fiscalización de los Procedimientos de reconocimiento y pago de pensiones en el extranjero, durante el ejercicio 2003, acuerda:

Instar a las Entidades Gestoras y Tesorería General: 1. A establecer un procedimiento que permita la verificación de que se presta de conformidad el servicio contratado con la entidad financiera gestora de pagos en el extranjero. 2. A que establezcan cláusulas en los contratos a suscribir con las entidades financieras que presten el servicio de pago en el extranjero, que obliguen al cumplimiento en plazo y forma del procedimiento de retrocesión de prestaciones y que asimismo se establezca, en relación a este asunto, el incumplimiento de los términos del contrato, demora en los plazos como causa de resolución y de imposición de penalidades. 3. A establecer los controles internos adecuados que permitan realizar el seguimiento de las causas que pueden dar lugar a la imposición de penalidades y resolución del contrato para su posterior aplicación.

Instar al Gobierno:

  1. A que implante un «procedimiento de identificación universal para cada beneficiario», de aceptación general por todas las entidades que reconocen y pagan pensiones en el extranjero. 5. A que el Ministerio de Trabajo e Inmigración implante un modelo de control interno que proporcione un control más adecuado en la gestión del pago de pensiones en el extranjero, reforzando los utilizados actualmente, especialmente los relativos al control de vivencia de los pensionistas y de las rentas que estuvieran percibiendo, e integrando la aplicación informática utilizada dentro de las aplicaciones y bases de datos del Sistema de la Seguridad Social.

    Instar a la Intervención General de la Seguridad Social:

  2. A que intensifique su control sobre reconocimiento, mantenimiento y pago de las pensiones en el extranjero, tanto en la modalidad de la intervención limitada previa, como en el control posterior.

    Instar al Tribunal de Cuentas:

  3. A que, una vez transcurrido un plazo prudencial, efectúe un nuevo informe de fiscalización sobre la situación y las mejoras que pudieran haberse incorporado, como resultado de la anterior fiscalización, en el procedimiento de reconocimiento, pago y extinción de derechos de pensión en el extranjero.

    Palacio del Congreso de los Diputados, 16 de diciembre de 2008.-La Presidenta de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, María Isabel Pozuelo Meño.-El Secretario de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, Carmelo López Villena.

    INFORME DE FISCALIZACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS DE RECONOCIMIENTO Y PAGO DE PENSIONES EN EL EXTRANJERO, DURANTE EL

    EJERCICIO 2003

    El Pleno del Tribunal de Cuentas, en el ejercicio de su función fiscalizadora establecida en los artículos 2.a), 9 y 21.3.a) de la Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, y a tenor de lo previsto en los artículos 12

    y 14 de la misma disposición y concordantes de la Ley 7/1988, de 5 de abril, de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas, ha aprobado, en su sesión de 29 de marzo de 2007, el Informe de Fiscalización especial de los procedimientos de reconocimiento y pago de pensiones en el extranjero durante el ejercicio 2003, y ha acordado su elevación a las Cortes Generales, según lo prevenido en el artículo 28.4 de la Ley de Funcionamiento.

    ÍNDICE

    ÍNDICE DE ACRÓNIMOS Y ABREVIATURAS

SECCIÓN I CONSIDERACIONES GENERALES

I.1 Iniciativa de la fiscalización I.2 Introducción I.3 Marco normativo

SECCIÓN II NATURALEZA DE LA FISCALIZACIÓN, CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

II.1 Objetivos y alcance de la fiscalización

II.1.1 Objetivo de la fiscalización II.1.2 Alcance material de la fiscalización II.1.3 Alcance temporal de la fiscalización

II.2 Conclusiones

II.2.1 Conclusiones referentes a la normativa aplicable II.2.2 Conclusiones referentes al Control Interno II.2.3 Conclusiones referentes a los recursos informáticos utilizados por las Entidades Gestoras y Servicios Comunes

II.2.4 Conclusiones referentes al proceso de pago y prescripción de las prestaciones II.2.5 Conclusiones referentes al Registro de Prestaciones Sociales Públicas

II.3 Recomendaciones

II.3.1 Recomendaciones dirigidas al Gobierno II.3.2 Recomendaciones dirigidas a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social II.3.3 Recomendaciones dirigidas a las Entidades Gestoras de la Seguridad Social y a la Intervención General de la Seguridad Social

II.3.5 Recomendaciones dirigidas a las Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social

II.4 Trámite de alegaciones

SECCIÓN III RESULTADO DEL TRABAJO REALIZADO

III.1 Organización, recursos y control interno en las unidades gestoras y servicios comunes

III.1.1 Organización de las Entidades Gestoras

III.1.1.1 Organización y funciones de la subdirección general de prestaciones (INSS) III.1.1.2 Organización y funciones de las direcciones provinciales (INSS) III.1.1.3 Organización y funciones de la Subdirección General de Seguridad Social de los Trabajadores del Mar (ISM)

III.1.1.4 Organización y funciones de las Direcciones Provinciales (ISM)

III.1.2 Recursos con los que están dotadas las Entidades Gestoras que tramitan solicitudes y las Intervenciones Delegadas que realizan la fiscalización previa de las resoluciones

III.1.2.1 Recursos humanos III.1.2.2 Recursos informáticos

III.1.3 El control interno aplicado en la gestión y fiscalización de pensiones

III.1.3.1 El control interno existente en el Área Informática III.1.3.2 El control interno existente en el Área de Gestión de Prestaciones III.1.3.3 El control interno aplicado por la IGSS

III.2 Descripción del procedimiento aplicado en el reconocimiento, mantenimiento y pago de pensiones en el extranjero

III.2.1 Procedimiento aplicado en el reconocimiento de la pensión solicitada

III.2.1.1 Fase Nacional. Presentación de la solicitud

III.2.1.1.1 Recepción de la documentación III.2.1.1.2 Grabación de los datos aportados III.2.1.1.3 Generación de información soporte para el trámite de prestaciones

III.2.1.2 Fase Nacional. Tramitación de la solicitud

III.2.1.2.1 Validación de los datos grabados III.2.1.2.2 Elaboración del Informe de Cotización III.2.1.2.3 Elaboración de la Hoja de Cálculo III.2.1.2.4 Elaboración de la Propuesta de Resolución

III.2.1.3 Fase Nacional. Fiscalización de la propuesta de resolución III.2.1.4 Fase Nacional. Controles sobre los expedientes fiscalizados de conformidad III.2.1.5 Fase Nacional. Notificación de la resolución provisional III.2.1.6 Enlace con la institución instructora extranjera III.2.1.7 Determinación del importe definitivo de la pensión

III.2.1.7.1 Tramitación definitiva del expediente III.2.1.7.2 Notificación de la Resolución Definitiva

III.2.1.8 Actuaciones especificas que se aplican en la tramitación de las prestaciones de muerte y supervivencia e incapacidad permanente

III.2.1.8.1 Procedimientos utilizados en la tramitación de las solicitudes de prestaciones de Muerte y Supervivencia

III.2.1.8.2 Procedimientos utilizados en la tramitación de prestaciones de Incapacidad Permanente

III.2.1.9 Duración del procedimiento de reconocimiento de la prestación solicitada tramitada por las entidades gestoras

III.2.2 Procedimientos aplicados en la gestión financiera de las pensiones ya reconocidas

III.2.2.1 Procedimiento aplicado en el pago de las pensiones reconocidas

III.2.2.1.1 Elaboración de la nómina III.2.2.1.2 Fiscalización de la nómina III.2.2.1.3 Pago de la nómina III.2.2.1.4 Fiscalización del pago

III.2.2.2 Retrocesiones de pensiones

III.2.2.3 Impago de pensiones III.2.2.4 Liquidación de la comisión de la entidad financiera gestora

III.2.3. Procedimiento aplicado en la recuperación de la deuda generada por el cobro indebido de prestaciones

III.2.3.1 Procedimiento especial para el reintegro de prestaciones indebidamente percibidas III.2.3.2 Procedimiento general III.2.3.3 Prescripción de la deuda

III.2.4. Procedimientos aplicados en el mantenimiento de las pensiones

III.2.4.

  1. Procedimiento de revalorización de pensiones

    III.2.4.1.

  2. Paga única

    III.2.4.1.1.

  3. Actuaciones previas III.2.4.1.2.A) Cálculo provisional de la paga única III.2.4.1.3.A) Cálculo definitivo de la paga única

    III.2.4.2.

  4. Revalorización anual de las pensiones III.2.4.3.A) Notificación al pensionista

    III.2.4.B) Procedimiento de control de rentas III.2.4.C) Procedimiento de control de vivencia

    III.2.4.1.C) Notificación de la obligación de acreditar la vivencia III.2.4.2.C) Recepción de la documentación acreditativa de la vivencia III.2.4.3.C) Suspensión cautelar o extinción de la pensión

    III.2.4.3.1.C) Baja cautelar de la pensión III.2.4.3.2.C) Suspensión definitiva de la pensión

    III.2.4.D) Control de vencimientos III.2.4.E) Variaciones (altas, bajas y modificaciones) en los datos de las pensiones cobradas en el extranjero

    III.3 El Registro de Prestaciones Sociales Públicas

    ÍNDICE DE ACRÓNIMOS Y ABREVIATURAS

    AEAT Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

    BC Base de Cotización.

    BR Base Reguladora.

    CAISS Centros de Atención e Información de la Seguridad Social.

    CARPA Concentración de las Aplicaciones de Resolución de Prestaciones Automáticas. DGCPYPP Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas del Ministerio de Economía y Hacienda.

    DGE Dirección General de Emigración.

    DGP Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa.

    EVI Equipo de Valoración de Incapacidades.

    GISS Gerencia de Informática de la Seguridad Social.

    HC Hecho Causante.

    IGSS Intervención General de la Seguridad Social.

    INEM Instituto...

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