Orden EDU/2065/2009, de 14 de julio, de autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de educación infantil Merlín de Melilla.

MarginalBOE-A-2009-12650
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Visto el expediente tramitado por doña María Elena Cruz García, en calidad de representante de la sociedad Academia Vetonia, S.L., en el que solicita autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Infantil de Primer Ciclo para tres unidades, que se denominará «Merlín» y que se ubicará en la calle Poeta José Cadarso, número 2, de Melilla.

Hechos

Primero.-Dña. María Elena Cruz García, en calidad de representante de la sociedad Academia Vetonia, S.L., solicita autorización de apertura y funcionamiento del Centro de Educación Infantil para tres unidades de Primer Ciclo, que se denominará «Merlín» y que se ubicará en calle Poeta José Cadarso, número 2, de Melilla

Segundo.-Por Resolución de la Dirección General de Educación, Formación Profesional e Innovación Educativa (actual Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial) de fecha 26 de marzo de 2008, se aprueba el proyecto de obras del Centro de Educación Infantil «Merlín», para tres unidades.

Tercero.-Con fecha 3 de febrero de 2009 la Dirección Provincial de Melilla remitió el escrito de la titularidad del centro en el que se solicita la autorización de apertura y funcionamiento del mismo.

Cuarto.-Finalizadas las obras y verificadas las mismas por parte del Servicio de Inspección de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación en Melilla, de acuerdo con los planos debidamente visados por el Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Málaga e informados favorablemente por la Subdirección General de Gestión Patrimonial y Servicios sobre la coincidencia sustancial con los presentados y aprobados al inicio del procedimiento, se solicita de la Dirección Provincial de Melilla el preceptivo informe al respecto.

Quinto.-El informe emitido por la Dirección Provincial confirma que las instalaciones coinciden en su totalidad con los planos y el proyecto remitidos, por lo que puede procederse a la autorización definitiva del centro.

Fundamentos jurídicos

Primero.-Resultan de aplicación al presente expediente las disposiciones siguientes:

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4). Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE del 9).

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE del 27), modificada por la Ley...

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