Orden EDU/2179/2010, de 19 de julio, de autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Infantil 'CRUZ ROJA' de Melilla.

MarginalBOE-A-2010-12827
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Visto el expediente tramitado por don Julio Caro Sánchez en calidad de representante de la Cruz Roja Española, como Presidente del Comité, en el que solicita autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Infantil de Primer Ciclo para tres unidades que se denominará «Cruz Roja» y que se ubicará en la calle Manuel Fernández Benítez, s/n, de Melilla.

Hechos

Primero.–Don Julio Caro Sánchez, en calidad de representante de Cruz Roja Española, como Presidente del Comité, solicita autorización de apertura y funcionamiento del Centro de Educación Infantil de 1.er ciclo para tres unidades que se denominará «Cruz Roja» y que se ubicará en la calle Manuel Fernández Benítez, s/n, de Melilla.

Segundo.–De acuerdo con lo anterior procede asimismo extinguir la autorización otorgada mediante Orden ECI/2871/2005, de 6 de septiembre, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Preescolar Incompleto «Cruz Roja», de Melilla (BOE del 16), donde estaba ubicado actualmente el centro en la calle Músico Granados, s/n, de Melilla.

Tercero.–Por Resolución de la Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial de fecha 1 de diciembre de 2009, se aprueba el proyecto de obras del Centro de Educación Infantil «Cruz Roja», para tres unidades.

Cuarto.–Mediante escrito de 4 de marzo de 2010, al que acompaña copia del presentado el 11 de diciembre de 2009 ante la Dirección Provincial de Melilla, la titularidad del centro comunica que las instalaciones propuestas se hallan conformes con los planos aprobados y que, por lo tanto, el centro se encuentra dispuesto para su creación.

Quinto.–Finalizadas las obras se verifican las mismas por parte del Servicio de Inspección de la Dirección Provincial del Ministerio de Educación en Melilla, de acuerdo con los planos debidamente visados por el Colegio Oficial de Arquitectos de Melilla e informados favorablemente por la Oficialía Mayor del departamento, y se solicita de la Dirección Provincial de Melilla el preceptivo informe al respecto.

Sexto.–El informe emitido por la Dirección Provincial confirma que las instalaciones coinciden con los planos y el proyecto remitidos, por lo que puede procederse a la autorización definitiva del centro.

Fundamentos jurídicos

Primero.–Resultan de aplicación al presente expediente las disposiciones siguientes:

Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. (BOE del 4).

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de...

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