Orden de 3 de enero de 1989 por la que se modifica el apartado segundo de la orden de 19 de diciembre de 1979 que desarrolla determinados preceptos del Real Decreto 1074/1978, relativos a funcionarios docentes de institutos Tecnicos de enseñanza medía.

MarginalBOE-A-1989-1269
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

La orden de 19 de febrero de 1979 (‹Boletín Oficial del estado› de 3 de marzo) por la que se desarrollan determinados preceptos del Real Decreto 1074/1978 relativo a funcionarios docentes de institutos Tecnicos de enseñanza medía, estableció en su apartado segundo que ‹los catedráticos de formación manual y de ciclo especial de modalidad Administrativa integrados en el cuerpo de catedráticos numerarios de bachillerato impartirán, con preferencia a cualquier otro Profesor, en los institutos nacionales de bachillerato en que presten sus servicios, las enseñanzas y actividades Tecnico-Profesionales reguladas en la orden de 22 de marzo de 1975 por la que se desarrolla el Decreto 160/1975, de 23 de enero, que aprueba el plan de estudios de bachillerato›. Esté mismo apartado señalaba que ‹de entre las Especialidades que figuran en el Anexo i de la precitada orden de 22 de marzo de 1975, impartirán aquéllas mas acordes con la Titulacion alegada y Preparacion requerida para su acceso a la cátedra que desempeñaban en los extinguidos institutos Tecnicos de enseñanza medía›. La sentencia dictada por la Sala quinta del tribunal supremo, con fecha 5 de febrero de 1987, cuyo cumplimiento fue ordenado por Orden Ministerial de 25 de noviembre de 1987 (‹Boletín Oficial del estado› de 29 de diciembre), declaró la nulidad, en lo necesario, de la orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 19 de febrero de 1979 antes citada, especialmente en su artículo segundo, con el fin de que los catedráticos numerarios procedentes de institutos Tecnicos, incluídos los que impartian asignaturas del ciclo especial de modalidad Administrativa, se les designe la docencia de una asignatura acordé con la función docente desempeñada, Titulacion exigida para el Ingreso y coeficiente asignado. Consecuente con lo expuesto, procede modificar el apartado segundo de la reiterada orden de 19 de febrero de 1979, a fin de cumplimentar la sentencia del tribunal supremo. En su...

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