ORDEN APA/2706/2002, de 15 de octubre, por la que se anuncia la provisión de puestos de trabajo, por el sistema de libre designación.

MarginalBOE-A-2002-21226
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

ORDEN APA/2706/2002, de 15 de octubre, por la que se anuncia la provisión de puestos de trabajo, por el sistema de libre designación.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b), de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medias para la Reforma de la Función Pública,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de las plazas que se indican en el anexo 1 de la presente Orden, y que figuran en la relación de puestos de trabajo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, aprobada por Resolución de la CECIR de fecha 30 de septiembre de 1998.

La presente convocatoria, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y la Directiva Comunitaria de 9 de febrero de 1976, tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de los puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios y se desarrollará con arreglo a las siguientes bases:

Primera.--Podrán concurrir a la cobertura de las mismas los funcionarios que reúnan las condiciones establecidas y estén interesados en su provisión, mediante escrito dirigido a la Subdirección General de Recursos Humanos y Gestión de Personal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Segunda.--Además de los datos personales, número de Registro de Personal y destino actual los aspirantes deberán acompañar un currículum vitae, en el que harán constar:

  1. Títulos académicos.

  2. Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública como en la empresa privada.

  3. Conocimientos de idiomas y cuantos méritos el aspirante estime oportuno de manifiesto.

Deberá cursarse una instancia por cada puesto de trabajo solicitado, según modelo anexo 2, acompañando justificantes de todos los méritos alegados.

Únicamente se tomarán en consideración aquellas instancias que respondan al modelo de referencia, así como los datos y méritos que específicamente queden consignados en las mismas.

Tercera.--Por el órgano competente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se efectuarán los nombramientos entre los aspirantes que considere más idóneos para desempeñar los puestos que se convocan, pudiendo, en su caso, declararse desiertos los puestos ofertados.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso...

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