Orden CUL/2287/2005, de 11 de julio, por la que se anuncia convocatoria para la provisión por el procedimiento de libre designación de puesto de trabajo.

MarginalBOE-A-2005-12225
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN CUL/2287/2005, de 11 de julio, por la que se anuncia convocatoria para la provisión por el procedimiento de libre designación de puesto de trabajo.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio,

Este Ministerio acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el Anexo I de la presente Orden, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.El puesto de trabajo que se convoca podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el Anexo II, al Sr. Subsecretario, dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y las presentarán en el Registro del Ministerio de Cultura (Plaza del Rey, 1, Madrid), o en la forma establecida en el artículo 38 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercera.A las citadas solicitudes deberán acompañar currículum vitae en el que harán constar los títulos académicos que posean, puestos de trabajo desempeñados y demás circunstancias y méritos que estimen oportuno poner de manifiesto.

Cuarta.Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, contados ambos plazos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, no pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación...

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