Sentencia de 21 de marzo de 2011, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se anulan los Acuerdos del Consejo de Ministros de 8 de enero y 23 de abril de 2010 que inadmiten los recursos de reposición que fueron deducidos contra las Resoluciones de 7 de septiembre y 18 de diciembre de 2009, de la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil.

MarginalBOE-A-2011-9789
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

En el Recurso Contencioso Administrativo número 626/2009 interpuesto por don Javier García Espinar y por la Asociación Stop-Discriminación, representados por el procurador don Luis Mellado Aguado, la Sala Tercera (Sección Séptima) ha dictado sentencia en fecha 21 de marzo de 2011, que contiene el siguiente fallo:

FALLAMOS

  1. Que inadmitimos el recurso contencioso-administrativo núm. 626/2009 interpuesto por la Asociación Stop-Discriminación.

  2. Que estimamos en lo sustancial ese mismo recurso en cuanto interpuesto por don Javier García Espinar contra los acuerdos del Consejo de Ministros de 8 de enero y 23 de abril del 2010 que inadmitieron los recursos de reposición que fueron deducidos contra las resoluciones de 7 de septiembre y 18 de diciembre de 2009, de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, por las que se convocó oposición libre para cubrir plazas de alumnos del Centro de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, y se publicó la lista definitiva de admitidos y excluidos; y como consecuencia de ello

    1. anulamos los acuerdos del Consejo de Ministros impugnados;

    2. anulamos el requisito de edad establecido en la letra b) del artículo 2.1 de la resolución de 7 de septiembre de 2009;

    3. reconocemos el derecho del recurrente a no ser excluido por razón de su edad del proceso selectivo a que se refieren las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR