Real Decreto 3141/1982, de 12 de Noviembre, por el que se modifica el articulo 15, punto 2, de la Reglamentacion tecnico-sanitaria para la elaboracion, circulacion y Comercio de Grasas comestibles (animales, vegetales y anhidras), margarinas, minarinas y Preparados grasos, aprobada por real decreto 1011/1981, de 10 de abril.

Fecha de Entrada en Vigor14 de Diciembre de 1982
MarginalBOE-A-1982-30780
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJuntas Electorales Provinciales
Rango de LeyReal Decreto

En la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de grasas comestibles (animales, vegetales y anhidras), margarinas, minarinas y preparados grasos, aprobada por Real Decreto mil once/mil novecientos ochenta y uno, de diez de abril, se ha puesto de manifiesto !a necesidad de acentuar la precisión y claridad en la redacción de determinados preceptos, con objeto de facilitar su interpretación y cumplimiento por parte del sector interesado.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Industria y Energía, de Economía y Comercio, de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo, con el informe favorable de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día doce de noviembre de mil novecientos ochenta y dos,

DISPONGO:

Artículo único

El artículo quince, punto dos, de la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de grasas comestibles (animales, vegetales y anhidras) queda modificado como sigue:

Las características microbiológicas toleradas como máximo para las grasas comestibles destinadas al consumo directo serán las siguientes:

Salomella y arizona: Uno por cincuenta gramos.

Hongos: Cien por gramo.

Levaduras lipolíticas: Cien por gramo.

Estas características, así como las especificadas para cada tipo de grasa que se recogen en los artículos siguientes, serán valoradas por los métodos oficiales vigentes, aplicando los siguientes métodos de análisis para aquellas características que no disponen de método oficial de análisis:

Cloruro sódico CAC/RM 19-1969.
Materia volátil a 105° C UNE-55020-73.
Hierro CAC/RM 14-1969.
Cobre AOAC-1975 25035 y sig.
Plomo AOAC-1975 25058 y sig.
Arsénico AOAC-1975 25006 y sig.
Polietileno ISO/TC 34 SC 6N 6B N 129.
Prueba de la fosfatasa Chimie Ministerio de Agricultura Francés VI-6.
Extracción de la grasa por éter de petróleo AOAC 16.188-1975.
Punto de fusión (deslizamiento) AOCS Cc-3-25.
Condiciones de pureza de los disolventes Métodos publicados en 1971 por la FAO/OMS, preparados por el Comité de Expertos en Aditivos en su reunión número 14, serie ?Informes de las reuniones sobre nutrición?, número 48 e Informe Técnico de la OMS serie número 462.

Para las características microbiológicas se utilizarán los métodos seleccionados y utilizados por el Centro Nacional de Alimentación y Nutrición.

Dado en Madrid a doce de noviembre de mil novecientos ochenta y dos.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de la Presidencia,

MATÍAS RODRÍGUEZ INCIARTE

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