ORDEN SCO/3664/2004, de 11 de noviembre, por la que se modifica el Anexo III del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos.
Fecha de Entrada en Vigor | 13 de Noviembre de 2004 |
Marginal | BOE-A-2004-19241 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Sanidad y Consumo |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos, recopiló en un solo texto toda la normativa existente sobre esta materia, adaptándose a la legislación comunitaria. Los anexos del citado Real Decreto han sido modificados en seis ocasiones mediante las Órdenes Ministeriales de 4 de junio de 1998, de 26 de abril de 1999, de 3 de agosto de 2000, SCO/249/2003, SCO/1448/2003 y SCO 2592/2004.
Actualmente se han producido dos nuevas adaptaciones al progreso técnico de los anexos de la Directiva marco de cosméticos 76/768/CEE mediante las Directivas 2004/87/CE y 2004/88/CE de la Comisión, ambas de 7 de septiembre de 2004.
La presente Orden, que se dicta en base a la habilitación contenida en la disposición final primera del Real Decreto 1599/1997, transpone a nuestro derecho interno las directivas citadas en el párrafo anterior.
En su virtud, dispongo:
Primero. Modificación del Anexo III del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos.
El Anexo III del Real Decreto 1599/1997, de 17 de octubre, sobre productos cosméticos, se modifica como sigue:
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En la primera parte se añaden los números de orden 96 y 97 siguientes:
Número de orden Sustancias Restricciones Condiciones de empleo y advertencias que deben figurar obligatoriamente en el etiquetado Campo de aplicación y/o uso Concentración máxima en producto terminado Otras limitaciones y exigencias A b c d e f 96 Almizcle de xileno (n.º CAS 81-15-2) Todos los productos cosméticos, excepto los productos para higiene bucal. a) 1,0 % en fragancia final. b) 0,4 % en agua de colonia. c) 0,03 % en los demás productos. 97 Almizcle de cetona (n.º CAS 81-14-1) Todos los productos cosméticos, excepto los productos para higiene bucal. c) 1,4 % en fragancia final. d) 0,56 % en agua de colonia. c) 0,042 % en los demás productos. -
En la segunda parte:
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La fecha 30.9.2004, de la columna g, correspondiente a los...
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