Real Decreto 39/2008, de 18 de enero, por el que se procede al cambio de denominación de la Escala de Analistas de Laboratorio del Instituto de Relaciones Agrarias, adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Febrero de 2008
MarginalBOE-A-2008-1837
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

El Real Decreto 2627/1982, de 15 de octubre, por el que se determinan las funciones y requisitos de ingreso en las Escalas del Instituto de Relaciones Agrarias (IRA), crea en su artículo 1, entre otras, la Escala de Analistas de Laboratorio del IRA, a la que le «corresponden las funciones de realización de análisis y determinaciones de laboratorio, acordes con la titulación, mantenimiento de los aparatos y su homologación y preparación de los reactivos necesarios. Para el ingreso en esta Escala se exigirá estar en posesión del título de Bachiller Superior, Formación Profesional de segundo grado o equivalente».

El Instituto de Relaciones Agrarias, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, desapareció en 1991 al crearse el Instituto de Fomento Asociativo Agrario, que asumió íntegramente sus funciones, las cuales una vez suprimido dicho Instituto en 1995, fueron nuevamente traspasadas a los distintos órganos administrativos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud de los Reales Decretos de estructura orgánica del referido Departamento ministerial, 654/1991, de 26 de abril y 1055/1995, de 23 de junio.

En consecuencia, en el Real Decreto 1417/2004, de 11 de junio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, vigente en la actualidad, se enumeran los Organismos Autónomos adscritos al mismo, sin que figure ya el que da nombre a la Escala de Analistas de Laboratorio.

La presente modificación, consiste en una mera permuta de nombre a los solos efectos de adecuar la denominación de la Escala del extinguido Organismo Autónomo a las actuales del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación al que se adscribe dicha Escala administrativa, de conformidad con la previsión contenida en la disposición adicional vigesimotercera de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, incorporada por la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

En su virtud, a iniciativa de la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, a propuesta de la Ministra de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 18 de enero de 2008,

D I S P O N G O :

Artículo único Cambio de denominación.

La Escala de Analistas de Laboratorio del Instituto de Relaciones Agrarias, Código 5040, adscrita al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, cambiará su denominación, por la de «Escala de Analistas de Laboratorio de Organismos Autónomos del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación».

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid, el 18 de enero de 2008.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Administraciones Públicas,

ELENA SALGADO MÉNDEZ

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