RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2002, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se amplían becas de la Convocatoria de Becas Unilaterales para ciudadanos extranjeros para el curso académico 2001/2002.

MarginalBOE-A-2002-7644
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyResolución

En uso de las facultades conferidas por la Orden Ministerial de 26 de marzo de 1992, modificada por la Orden Ministerial de 21 de enero de 1997 ('Boletín Oficial del Estado' de 3 de febrero), por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la resolución de 29 de diciembre de 2000 ('Boletín Oficial del Estado' de 12 de febrero de 2001), de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario general de la AECI y otras Autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias y, en desarrollo de la resolución de 22 de marzo de 2001 ('Boletín Oficial del Estado' 9 de abril), por la que se aprueba la Convocatoria de Becas Unilaterales para ciudadanos extranjeros curso académico 2001/2002, esta Agencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 3424/2000, de 15 de diciembre ('Boletín Oficial del Estado’ del 16), y a propuesta de la Comisión Evaluadora, ha resuelto:

Primero.

Ampliar la beca de estudios concedidas por Resolución de la AECI, de fecha 3 de agosto de 2001, de la Convocatoria de Becas Unilaterales para ciudadanos extranjeros, a los seis estudiantes referidos a continuación para hacer coincidir las fechas con la duración de sus estudios, por el periodo de tiempo que se detalla en cada caso:

Afif Hedhly. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Fdhila Faouzi. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Kamel Arbi. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Mohamed Kaabi. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Sadak Lataief. Túnez: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

Volodimir Drobchak. Ucrania: 1 de abril de 2002/30 de junio de 2002.

La dotación económica es de 781,32 € mensuales (sujetas a la retención fiscal correspondiente que establece la Legislación vigente) y un seguro médico no farmacéutico, durante el periodo de vigencia de...

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