Orden ESS/1082/2013, de 6 de junio, por la que se amplía, con carácter extraordinario, el plazo de finalización de las obras y servicios de interés general y social, iniciados en el ejercicio 2012, en el marco del programa de fomento de empleo agrario para las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas.

Fecha de Entrada en Vigor15 de Junio de 2013
MarginalBOE-A-2013-6459
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario, de créditos para inversiones de las Administraciones públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas. Entre las actuaciones incluidas en este real decreto se encuentran la concesión de subvenciones a las Corporaciones Locales para la contratación temporal de trabajadores desempleados, preferentemente eventuales agrario, para la realización de obras y servicios de interés general y social, en proyectos de garantía de rentas o de generación de empleo estable. La concesión de estas subvenciones se efectúa de acuerdo con lo establecido en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de la colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

La citada Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 26 de octubre de 1998, prevé, en su articulo 4.1.e) que las obras o servicios a realizar se puedan ejecutar en su totalidad dentro del año natural del ejercicio presupuestario en que se produce la colaboración, salvo que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, en cuyo caso podrán ser aprobadas las obras y servicios siempre que puedan quedar finalizadas dentro de los seis primeros meses del ejercicio presupuestario siguiente. Sin embargo, en el año 2012 los Presupuestos Generales del Estado para dicho año fueron aprobados por la Ley 2/2012, de 29 de junio. Este retraso en la aprobación de los Presupuestos ha motivado que la resolución sobre la distribución de los fondos por provincias para la gestión por las Direcciones Provinciales del Servicio Público de Empleo Estatal de las subvenciones a conceder a las Corporaciones Locales en el marco del Programa de Fomento del Empleo Agrario no se pudiera...

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