Decreto 2481/1973, de 17 de agosto, por el que se adjudican a «Amoco España Exploration Company» dos permisos de investigación de hidrocarburos en la Zona I (Península).

MarginalBOE-A-1973-48165
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria
Rango de LeyDecreto
B. O.
del
E.~Num.
243
10 1973 19611
MINISTERIO
DE
INDUSTRIA
DECRETO
2480/1973. de 17
de
agosto.
por
el
que
se
adjudica
a
..
Continental
OH
Company
of
Spain,.
cuatro
permisos
de
investigación
de
hidrocarburos
en
Zona l.
Vistas
las
solicitudes
presentadas
por
«Continental
OH
Com-
pany
Spain..
(CONSPAINJ
para
la
adjudicación
de
cuatro
permisos
de
investigación
de
hidrocarburos
denominados
«Ma-
rina
del.
Tuda
E
..
,
..
Marina
del
Turia
F.o
«Marina
del
Turia
G.
y
..
Marina
del
Turia
H:t>.
ubicados
en
la
Zona
1,
a
las
que
las
Sociedades
cDavis
International
on
Corporation
ofSpain
Ine
.•
y
..
Trend
España
Petroleum
Company
..
presentaron
solicitudes
en
competencia
para
el
permiso
..
Marina
del
Turia
E.,
Y
te~
oiendo
en
cuenta
que:
..
Continental
OH
Company
of
Spain.
posee
la
capacidad
técnica
y
financiera
necesaria¡
que
propone
trabajos
razonables
y
superiores
en
cuanto
a
inversiones
a
los
mínimos
reglamentarios;
que
ofrece
mejoras
interesantes
en
cuanto
8
la
participación
del
Estado
en
la
investigación
y
que
en
conjunto
sus
ofertas
son
superiores
a
las
de
las
demáft>
peticionarias,
procede
otorgar
8
.Continental
Oil
Com~
pany
of
Spain_
los
mencionados
permisos.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Industria
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
diecisiete
de
agosto
mil
novecientos
setenta
y
tres,
DISPONGO,
Artículo
primero.-Se
otorga
a
",Continental
on
Company
Spain
..
los
permisos
de
investigación
de
hidrocarburos
que
a
continuación
se
describen:
Expediente
número
trescientos
cuarenta
yoci.,:).
~
Permiso
.Marina
del
Turia
E
..
,
de
veintisiete
mil
ochocientos
setenta
y
cuatro
hectáreas,
y
cuyos
límites
son:
Norte,
treinta
y
nueve
grados
veinte
minutos
N;
Sur,
treinta
y
nueve
grados
trece
minutos
N;
Este,
tres
grados
cincuenta
y
cuatro
minutos
E,
y
Oeste,
tres
grados
treinta
y
nueve
minutos
E.
Expediente
número
trescientos
cuarenta
y
nueve.-Permiso
«Marina
del
Turia
F-,
de
veintiuna
mH
doscientas
setenta
y
cinco
hectáreas,
y
cuyos
límites
son:
Norte,
treinta
y
nueve
grados
trece
minutos
N;
Sur,
treinta
y
nueve
grados
cinco
minutos
N¡
Este,
tres
grados
cincuenta
y
cuatro
minutos
E,
y
Oeste,
tres
grados
cuarenta
y
cuatro
minutos
E.
Expediente
número
trescientos
cincuenta.-Permiso
..
Marina
del
Turia
G_,
de
veintidós
mil
trescientas
setenta
y
nueve
hec·
táreas,
y
cuyos
limites
son:
Norte,
treinta
y
nueve
grados
cin~
co
minutos
N;
Sur,
treinta
y
ocho
grados
cincuenta
y
ocho
minutos
N;
Este,
cuatro
grados
cero
minutos
E. y
Oeste,
tres
grados
cuarenta
y
ocho
minutos
E.
Expediente
número
trescientos
cincuenta
y
unO.-Permiso
.Marina
del
Turia
H_,
de
diecinueve
mil
doscientas
dieciséis
hectáreas,
y
cuyos
límites
son:
Norte,
treinta
y
ocho
grados
cincuenta
y
ocho
minutos
N;
Sur,
treinta
y
ocho
grados
cin·
cuenta
minutos
N;
Este,
cuatro
grados
cero
minutos
E, y
Oeste,
tres
grados
cincuenta
y
un
minutos
E.
Artículo
segundo.-Los
permisos
de
investigación
a
que
se
refiere
el
artículo
anterior
quedan
sujetos
a
todo
cuanto
dis4
pone
la
Ley
para
el
Régimen
Jurídico
de
la
Investigación
y
Explotación
de
Hidrocarburos
de
veintiséis
de
diciembre
de
mil
novecientos
cincuenta
y
ocho,
el
Reglamento
para
su
apli·
cación
de
doce
de
junio
de
mil
novecientos
cincuenta
y
nueve,
así
como
a
las
ofertas
de
la
adjudicataria
que
no
se
opongan
alo
que
se
especifica
en
el
presente
Decreto
ya
las
condi-
ciones
siguientes:
Primera.-La
titular
viene
obligada
a
realizar
en
el
área
cubierta
por
los
pennisos
y
en
los
dos
primeros
años
de
vi·
gencia
de
los
mismos
labores
de
investigación
por
un
importe
total
de
seiscientas
setenta
mil
quinientas
veintinueve
pesetas
oro.
En
el
caso
de
continuar
después
del
segundo
año
de
vigen·
cia
con
la
titularidad
de
la
totalidad
o
parte
de
la
superficie
otorgada.
la
titular
viene
obligada
a
realizar
un
sondeo
y a
invertir
]a
cantídad
mínima
de
dos
pesetas
oro
con
cíncuenta.
centésimas
de
pesetas/oro
al
'año
por
cada
hectárea
mantenida.
en
vigor.
Para
la
conversión
de
pesetas
oro
a
pesetas
papel
se
estará
a
lo
dispuesto
en
el
artículo
treinta
y
siete
del
Reglamento.
Segunda.-En
el
caso
de
renuncia
total
a
los
permisos
otor4
gados,
la
titular
vendrá
obligada
a
justificar,
a
plena
satis";
facción
de
la
Administración,
el
haber
invertido
en
los
mismos,
hasta
el
momento
de
la
renuncia,
las
cantidades
minimas
señaladas
en
la
condición
primera
anterior.
Si
la
cantidad
justificada
fuese
menor,
se
ingresará
en
el
Tesoro
la
diferencia
entre
ambas
cantidades.
Si
la
renuncia
fuese
parcial,
se
estará
a
lo
dispuesto
en
el
artículo.
ciento
cuarenta
y
tres
del
Reglamento,
oe
doce
de
junio
de
mil
novecientos
cincuenta
y
nueve.
Tercera.-La
titular,
de
acuerdo
con
su
propuesta,
viene
obligada
a
ofrecer
a.
una
Compañía
estatal,
a
designar
por
la
Administración,
una
participación
indivisa
del
veinte
por
cien-
to,
en
la
titularidad
de
los
permisos
que
se
otorgan.
Dicha
participación
será
libre
de
gastos
y
costes
hasta
el
descubri-
miento
de
hidrocarburos
en
cantidades
comerciales,
en
cuyo
momento
la
Compañía
designada
reembolsarA
a-
CONSPAIN
por
un
veinte
por
ciento
de
los
costes,
hasta
aquella
fecha
usando
la
parte
as
producción
que
le
corresponda.
'
Cuarta.-La
titular,
de
aC'.lerdo
con
su
propuesta,
pondrá
a
disposición
del
Gobierno
español
la
cantidad
de
setenta
y
dos
mil
novecientas
pesetas
oro,
destinadas
a
estudios
de
téc·
nicas
de
perforación
y
producció¡,
eL el
lugar
de
1a
investiga·
ción
oen
los
Estados
Unidos.
Quinta.-La
titular,
de
acuerdo
con
su
propuesta,
viene
obli·
gada
a
pagar
al
Estado
español:
al
Un
millón
de
dólares
USA
cuando
la
producción
al·
canee
la
cifra
continua,
treinta
días
consecutivos,
de
cincuenta
mil
barriles
por
dia.
b)
Un
millón
de
dólares
USA
adicional
cuando
la
produc·
ción
alcance
la
cifra
de
cien
mil
barriles
por
día.
Sexta,-La
valoración
de
las
aportaciones
del
titular
extran·
jero
que
no
se
efectúen
precisamente
en
divisas
deberá
ser
sometida
a
la.
aprobación
del
Ministerio
de
Industria,
que
tendrá
en
cuenta
~ra
ello
los
precios
normales
en
el
país
de
origen.
Séptima.-De
acuerdo
con
el
contenido
del
articulo
treinta
y
tres
del
Reglamento
de
doce
de
junio
de
mil
novecientos
cincuenta
y
nueve,
las
condiciones
primera,
segunda,
tercera
y
cuarta
constituyen
condiciones
~senciáles
cuya
inobservancia
lleva
aparejada
la
caducidad
de
los
pennisos.
Octava.-La
caducidad.
de
los
permisos
de
investigación
será
únicamente
declarada
por
causas
imputables
a
la
titular,
pro·
cediéndose
en
tal
caso
de
acuerdo
con
lo
dispuesto
en
los
artículos
ciento
sesenta
y.tres y
ciento
sesenta
y
cuatro·
del
Reglamento
de
doce'
de
junio
de
mil
lI.ovecientos
cincuenta
y
nueve,
observándose
en
el
trámite
en
cuanto
no
se
oponga
a
los
preceptos
citados
cuantos
extremos
se
señalan
en
el
artículo
ciento
cuarenta
y
cuatro
del
citado
Reglamento,
que·
dando,
en
su
caso,
sujeto
a
las
responsabilidades
pecuniarias
que
en
este
último
se
prescriben
para
los
casos
de
renuncia
total.
Artículo
tercero.-Se
autoriza
al
Ministerio
de
Industria
para
dictar
las
disposiciones
necesarjas
para
el
cumplimiento
de
lo
que
en
este
Decreto
se
dispone.
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto.
dado
en
La
Ca·
ruña
a
diecisiete
de
agosto
de
mil
novecientos
setenta
y
tres.
FRANCISCO
FRANCO
El
Ministro
de
Industria
JaSE
MARIA
LOPEZ
DE
LETONA
YNU~EZ DEL
PINO
DECRETO
2481/1973,
de
17
de
agos-to,
por
el
Que
se
adjudican
a
..
Amoco
España,
Exploration
Com·
pany_
dos
permisos
de
investigación
de
hidrocar-
buros
en·
la
Zona
1
(Península).
Vista
la
solicitud
presentada
por
.Amoco
España
Explora·
tion
Company,.
para
la
adjudicación
del
penniso
de
investiga·
ción
de
hidrocarburos
.Tarragona
D-,
ubicado
en
la
plataforma
continental
de
la
Zona
1
(Península),
en
competencia
con
los
siguientes
grupos:
.Compañía
Ibérica
de
Petróleos,
S.
A.-,
..
Ban
4
ca
Industrial
Fierro,
S.
A.-,
.Davis
International
OH
Corpora·
tion
of
Spain,
Inc.-,
.C.
N.
W.
L.
OH
España
Ud.-,
_.Cardinal
Petroleum
Company
of
Spain·Marinex
Petroleum
of
Spain,
Inc.·Houston
Oils
of
Spain
Ud.-,
..
Cangeo
OH
Ibérica,
Ud.-TCR
Ibérica,
Ud»,
..
Arco
Exploration
Inc._,
.Uníón
Texas
España.
Inc.·Getty
OH
Company
of
Spain,
S. A._.
Vista
asimismo
la
solicitud
presentada
por
.Amoco
España
Exploration
Company-
para
la
adjudicación
del
permiso
.Tarragona
F
..
,
también
si4
tuado
en
la
plataforma
continental
de
la
Zona
1
(Península),
en
competencia
con
los
siguientes
grupos:
"Shell·Campsa·Copa·
rex_,
.Compañía
Ibérica
de
Petróleos,
S.
A.-Banco
Industrial
Fierro,
S;
A.·Davis
International
OH
Corporation
of
Spain,
Inc._,
.C.
N.
W.,
L. OH
España,
Ud.-,
"Cardinal
Petroleum
Company
of
Spain·Marinex
Petroleum
of
Spain,
Inc.·Houston
Oíl5
of
Spain,
Ud._;
..
Ciepsa-
y
ocho
Compañías
más
••
Ca1l
4
geo
OH
Ibérica,
Ltd.·Tor
Ibérica,
Ud.",
..
Calspain~Texspain-,
..
Unión
Texas
España,
Inc.-Getty
OH
Company
of
Spain,
So·
cíedad
Anónima-,
.Arco
Exploration,
lnc._, y
teniendo
en
cuen-
ta
que
.Amoco
España
Exploration
Company_
posee
la
capa·
cidad.
técnica
y
económica
necesaria;
que
propone
trabajos
razonables
Jfr
superiores
en
cuanto
a
inversiones
a
los
mínimos
reglamentarios;
que
ofrece
mejoras
interesantes
en
cuanto
a
la
participación
del
Estado
y
que
en
conjunto
su
oferta
es
superior
a
las
de
los
restantes
grupos
en
competencia,
procede
otorgar
los
permisos
indicados
a«Amoco
España
Exploration
Company-.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Industria
y
pre·
via
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
511
reunión
del
día
diecisiete
de
agosto
de
mil
novecientos
setenta
y
tres,
DISPONGO,
Articulo
primero.-Se
otorga
a
.Amoco
España
Exploration
Company_
los
permisos
de
investigación
de
hidrocarburos
que
a
continuación
se
describen:

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