Instrumento de Ratificación del Tratado de Relaciones de Amistad y Cooperación entre el Reino de España y la República Federativa Checa y Eslovaca, hecho en Praga el 11 de noviembre de 1991.

Fecha de Entrada en Vigor10 de Diciembre de 1992
MarginalBOE-A-1992-26888
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado

JUAN CARLOS I

REY DE ESPAÑA

Por cuanto el día 11 de noviembre de 1991, el Plenipotenciario de España, firmó en Praga, juntamente con el Plenipotenciario de la República Federativa Checa y Eslovaca, nombrados ambos en buena y debida forma al efecto, el Tratado de Relaciones de Amistad y Cooperación entre el Reino de España y la República Federativa Checa y Eslovaca,

Vistos y examinados los veintiún artículos del Tratado,

Concedida, por las Cortes Generales la Autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,

Vengo en aprobar y ratificar, cuanto en él se dispone, como en virtud del presente lo apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlo, observarlo y hacer que se cumpla y observe puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, Mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores.

Dado en Madrid a veintisiete de octubre de mil novecientos noventa y dos.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Asuntos Exteriores,

JAVIER SOLANA MADARIAGA

TRATADO DE RELACIONES DE AMISTAD Y COOPERACION ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA REPUBLICA FEDERATIVA CHECA Y ESLOVACA

El Reino de España y la República Federativa Checa y Eslovaca.

Inspirados en los profundos sentimientos de amistad y respeto mutuo entre sus respectivos pueblos.

Firmemente comprometidos en contribuir a la promoción de un orden internacional más justo, humano, pacífico y democrático.

Conscientes de su responsabilidad en el mantenimiento de la paz en Europa y el mundo, y decididos a promover los propósitos y regirse por los principios de la Carta de las Naciones Unidas.

Confirmando los compromisos asumidos en el campo de la Conferencia sobre la Seguridad y la Cooperación en Europa y teniendo en cuenta la importancia de las decisiones adoptadas en la Carta de París para una Nueva Europa de 21 de noviembre de 1990.

Comprometidos a contribuir por todos los medios al desarrollo del proceso de la C.S.C.E. como factor primordial del progreso pacífico en Europa.

Convencidos de la necesidad de superar definitivamente la división de Europa, en particular mediante la creación de mecanismos de seguridad y cooperación en todo el Continente Europeo, y teniendo en cuenta su responsabilidad común en esta tarea.

Reafirmando la importancia del desarrollo de la cooperación entre la República Federativa Checa y Eslovaca y las Comunidades Europeas y expresando su satisfacción por la participación de las dos Partes contratantes en el Consejo de Europa.

Aspirando a desarrollar y en lo sucesivo profundizar la cooperación mutua en todas las esferas, han convenido lo siguiente:

ARTICULO I

El Reino de España y la República Federativa Checa y Eslovaca profundizarán y reforzarán sus relaciones de cooperación, basadas en la amistad, confianza y respeto mutuo entre sus pueblos.

ARTICULO II

De acuerdo con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, del Acta Final de Helsinki de la Conferencia sobre la Seguridad y Cooperación en Europa y de la Carta de París para una Nueva Europa, las Partes contratantes, como Estados amigos, observarán los principios de igualdad soberana, abstención de recurrir a la amenaza o al uso de la fuerza, inviolabilidad de las fronteras, integridad territorial de los Estados y su independencia política, arreglo de las controversias por medios pacíficos, no injerencia en los asuntos internos, respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, igualdad de derechos y...

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