Decreto 348/1996, de 29 de Octubre, por el Que Se Aprueba la Alteracion Parcial de Los Terminos Municipales de Vilanant y de Navata.

MarginalBOE-A-1996-27345
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

En fecha 15 de mayo de 1994, la mayoría de los vecinos de Taravaus solicitó ante el Ayuntamiento de Navata la segregación de una gran parte del antiguo municipio de Taravaus para agregarlo al término municipal de Vilanant.

El Ayuntamiento de Navata, en fecha 5 de abril de 1995, adoptó el acuerdo de iniciar el expediente de alteración de términos municipales y procedió a su tramitación. El expediente fue sometido a información pública y a informe de las corporaciones locales que no lo habían promovido. Los plenos del Consejo Comarcal de L'Alt Empordà, de la Diputacion de Girona y del Ayuntamiento de Vilanant, en fechas 16 y 20 de junio y 31 de julio de 1995, respectivamente, emitieron informe favorable. El Ayuntamiento de Navata no se pronunció expresamente sobre el expediente.

La Comisión de Delimitación Territorial emitió, en la sesión del día 21 de mayo de 1996, informe favorable sobre el expediente.

La Comisión Jurídica Asesora emitió, en la sesión del día 18 de julio de 1996, el dictamen preceptivo sobre el expediente, que también fue favorable a la segregación.

Por todo lo expuesto, teniendo en cuenta que el núcleo de Taravaus está más cerca de la capital del municipio de Vilanant que la de Navata y que tiene unos vínculos históricos mucho más fuertes, que después de la aprobación de la alteración de término quedará garantizada la prestación de los servicios mínimos de ambos municipios y que existen consideraciones de orden geográfico, demográfico, económico y administrativo que hacen aconsejable la segregación.

Considerando lo que disponen los artículos 12, 13.1.c, 14, 16, 17 y 18 de la Ley 8/1987, de 15 de abril, municipal y de régimen local de Cataluña, y concordantes del Decreto 140/1988, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de demarcación territorial y población de las entidades locales de Cataluña.

De acuerdo con el informe favorable de la Comisión de Delimitación territorial y con el dictamen de la Comisión Jurídica Asesora, a propuesta del Consejero de Gobernación y con la deliberación previa del Gobierno, decreto:

Artículo 1

Se aprueba la segregación de una parte del término municipal de Navata para su agregación al de Vilanant.

Artículo 2

La nueva delimitación territorial entre los términos de Vilanant y de Navata está representada en los ortofotomapas a escala 1:5.000 que constan en el expediente...

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