Decreto 247/1996, de 5 de Julio, por el Que Se Aprueba la Alteracion Parcial de Los Terminos Municipales de la Torre de Fontaubella y de Pradell de la Teixeta.

MarginalBOE-A-1996-18752
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

En fecha 25 de febrero de 1983, la mayoría de los vecinos del núcleo de población del barrio de La Torre, que pertenece al municipio de Pradell de la Teixeta, solicitaron la segregación de este núcleo para agregarlo al término municipal de La Torre de Fontaubella.

El Ayuntamiento de La Torre de Fontaubella, en fecha 28 de febrero de 1983, adoptó el acuerdo de iniciar el expediente de alteración de términos municipales y lo remitió al Departamento de Gobernación para su resolución.

El Ayuntamiento de Pradell de la Teixeta adoptó el acuerdo de denegar el inicio del expediente, aunque con posterioridad realizó alguno de los trámites de instrucción que legalmente le correspondía efectuar.

La Comisión de Delimitación Territorial emitió, en la sesión del día 21 de marzo de 1991, informe favorable sobre el expediente y propuso una delimitación más restrictiva que la solicitada por los promotores del expediente.

La Comisión Jurídica Asesora emitió, en la sesión del día 16 de mayo de 1991, el dictamen preceptivo sobre el expediente, que también fue favorable a la segregación, ratificó la conveniencia de adoptar la propuesta de límites acordada por la Comisión de Delimitación Territorial y advirtió sobre la necesidad de que se incorporase al expediente la propuesta de división de bienes, derechos y acciones que se exige legalmente, que ha sido elaborada de oficio por el Departamento de Gobernación.

Por todo lo expuesto, teniendo en cuenta que el núcleo de población del barrio de La Torre y el núcleo capital del municipio de La Torre de Fontaubella forman un solo conjunto urbano, que después de la aprobación de la alteración de términos quedará garantizada la prestación de los servicios mínimos en ambos municipios y que existen notorios motivos de necesidad y conveniencia económica y administrativa que hacen aconsejable la alteración. Tomando en consideración, asimismo, que la propuesta de delimitación elaborada por la Comisión de Delimitación Territorial y ratificada por la Comisión Jurídica Asesora es la más idónea como nueva línea divisoria entre los municipios de La Torre de Fontaubella y de Pradell de la Teixeta;

Visto lo que disponían los artículos 13.b) y 13.c), 12.4, 18, 19, 20.1 y 20.3 de la Ley de Régimen Local de 24 de junio de 1955 y concordantes del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, de 17 de...

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