Decreto 2167/1966, de 21 de julio, por el que se acepta la donación al Estado por el Ayuntamiento de Almagro (Ciudad Real) de dos parcelas de terreno señaladas con los números 27 y 28 del polígono 40, sitas en paseo Viejo de la Florida, del término municipal de Almagro, con destino a la construcción de una Sección Delegada mixta de Instituto Nacional de Enseñanza Media.

MarginalBOE-A-1966-12950
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyDecreto
B.
O.
del
E.
Num. 196 17 agosto 1966 10797
mo
:ı.
la.
construcc:6n de un
edificıo
para
Secci6n Delegada
de
IIıst1tuto
de
En.seiianza. Media.
'.
En
su
Virtud, a propuesta del Minlstro
de
Hacıen~a
y
prevıa
deliberac16n del
COOSejo
de
Min!stroı;
en
.su
reunıoıı
del dia
quince
de
julio de mil. novecientos sesenta. Y
.sels,
DISPONGO;
Articulo
priınercı.-De
con!ormid~d
cçn
10.
dispuesto
en
el
anlculo
velnt~~uatro
de
la
Ley
del
Patrımowo
del Esta.do,
se
e.cepta
la
donacı6n
por los Ayuntamienros
de
la
v!lla
de
Petrel
y el
de
La
ciudad de Elda
(Allcanteı,
3:
favor del
E:stad~,
d.e
una
!incıJ.
pıı:ıpıedad
de ambos Ayuntanuentos por
mıcad
ın4i.
viSa,
sita
en
el
r.ermino
munıcipa1
de Petrel. con
una
extellSıon
de
d1eı
mil treinta y
doı;
metroı;
cuadrados, que linda: Norte.
herederos
de
Laureano Garcla, resto de
la
finca
de
dona Isabel
Carbonel1 Marin v Francisco Cremddes; Sur, herederos
de
.Da·
niel BrotollS,
ca.ınino
en
medıo,
estando el llnde de
esta
fmca
0.
rzes
metros y veintlcinco centimetros
de
.separacı6n
al fina.!
de dicho camino, de
la
cas .. pertenec!ente
ıJ.
dichos herederos
de
Daniel Brotons; Este, tierras de don
Francısco
Cremades
Ca·
liana, y Poniente, don Jose
Garcıa;
!nscrıta
en
el
~ıstro
de
la
Propiedad
a1
rolio ciento
cuarenta
y seis, tomo
mı,
seis, li·
bro-clento vcintislcte de Petrel. finca
niıınero
nueve ml! clento
cincuenta y uno, Inscrlpcl6n
priınera,
Articul0 seguIldo.-El
ınmueble
:ııencionado
debera
ıncorpo
rarse al Inventario General
de
Bienes
del
Estado e
1nSCnbırse
a
SU
nombre
en
el de la Propiedad
para
su
u1terior
afect:ı.clôn
per
el
Minlsterio de Hacienda
al
de
Educaciôn y Ciencla. con
dest1no a
la
coIlStrucci6n
de
una
Secci6n
Delegad:ı.
del
IIıstltuto
de
Enseii.anza Media,' cuya finalidad
habra
de cumplirse de
aeuerdo con
la
vigente
Ley
de
Rı!gimen
Loca.J.
Articulo terCEro.-Por el Ministerio
de
Haeıenda,
a traves de
la
Direcci6n General del Patrimonio de! Estado,
.se
llevıı.riw
il.
cııbo
lo.s
trılmites
necesarlos Dara
LLL
efect1vldad de
cuanto
se
dlspone e!il
eI
pre..o;en
te Decreto y se
faculta
a.J
seii.or Delegado
de
Hadenda
en
AlIcante para que
en
nombre del Estado con-
curr:ı.
a.J
otorgamiento de la correspondlente
~cntura.
As!
la dispongo por el presente Decreto.
dada
en
MadrId
a veintiuno
de
ju1io
de
mil novecientos se.senta y
seıs
FRANCISCO
FRANCO
Et.
Mınısuo
Cc
Hacıen.:ıa.
1UAN JOSE ESPINOSA SAN
MARTIN
DECRETO
216511966,
de
21
de
,ulio,
por
el
que
se
acepta la donaci6n
al
Estada por
don
Juan
Egea
Navarrete
'P
su esposa,
doiıa
Saçramento
lbciiıeo:
R.ico,
c!e
uııa
parcela
c!e
terreııa
de
11.525
metro!
C'Uadrat1D.~.
sita
al
paraje
de1ıominado
Huerto
de
Don
Rodrigo del termino
munlcipal
de
llIora
(Gra.
nacUı)
, con destino a la
construccİ6n
de
una
Sec-
cicin
De/egada
de
Instituta
Nacwnal
de
Enı;ei!an;ıa
Media.
Por
don
Juan
Egea Navarrete y su esposa
doıia
8aera.mento
Ibə.nez
Rico
ha
~do
o!reeida
una
parcela.
de
terreno de once
mil
quinlentos veinticinco metros
cuıı?!ados.
rıı.d1cada
.en
mora
(Gra·
nadaı.
con destlno a
la
construccıon
de
una
Seccıon
Delegada
de
Instltuto Nacional de Enseiianza Media.
Considerando conveniente
per
el Ministerio de Educa.c16n y
Ciencl:ı.
la
edificaei6n de dicho Centro de enseiianza. procede
:ı.ceptar
la
donaci611
al Estado a que
a.ııtes
se alude por
parte
de
don
Juan
E~ea
Navarrete y su esposa doiia
Sacramento
Iba.
iiez Rico.
En
su Virtud, a propuesta del Minlstro
de
Haclenda, y preVia
deliberaci6n del Consejo de Minlstros
en
su
reuni6n del
dia
quin.
ee de julio de mil noveclentos sesenta y seis.
DISPONGO:
A:rt1culo
priınero.-De
coıı!armldıı.d
con el articulo veinticua.
tra
de
la
Ley
del Patrimonio. se
acııpta
la
donacicn al Estado
por don
Juan
Egea Navarrete y su esposa
doıia
Sacranıento
Ibiiiez Rloo de una. parcela de terreno
de
once
mıl
quinlentos
veinticinco metros euadrados, sita. al
paraje
denomlnado
lHuer.
ta
de don Rodrigo», del termino municipal de Ruedo, de
la
villa
cie
nıorıı,
qul' linda: Por Sallente, con
tlerras
de
doii.a.
Marıa
Josefa Medina Argüelle: Mediodla, con el camino de
la
Cafiada del Montecillo y de los Alcachofares;
P
con
el
mismo camino, y
per
el
Norte, con ci
caınino
qu,,"
se
dlrige
al pago
de
Santa
Ana. con destioo a
La
construcc!6n de
una
Secciôn Delegada
de
Instltuto Naclonal
de
Enseıla!lZa.
Media.
A:rticulo segundo.-E1
ınmueble
mencionııdo
debaa
incorpo-
rarse
Imentario
General de Bienes de! Estado e
iııscrlbirse
a
su
nombre
en
1'1
Reg1stro de
la
Propiedad para. su ulterlor
Bfectaci6n
per
el
Ministerio de
Haciendıı.
al
de
Educac16n y
Ciencia
para
el
lııdicado
!ln.
A:rticulo
tercero.-Por
el
Minısterio
de
Hacıenda,
a
traves
de
la.
Dlreccl6n General del Patrlmonio del Estado. se l1evar3.n a
~ıılıo
lcıa
tr3.mltes
necesarıos
para
la
e!octivi
cwmt.o
se
dispone en el preser.te Decreto, y se
!aculta
al
seİIOr
~gııdo
de
Hacienda en
Cranada
para
que ooncurra
otorgo.mıento
de
la correspondJente escrltura
pıiblica.
Asi
la
dispongo por el
presenıe
Decreto, dado.
en
.MııdrlCI
a velnt!uno de julio
de
mil
noveelentos
sesenta
'1
8el8
PR.ANCiscO
f'RANCO
I!:l
Mlnlstro
c!e
Hacıenaa.
JVAN
JOSE
ESPINOSA SAN
~T'
DECRETO
2166/1966, de
21
de
iulio,
1JOT
e!
que
şe
a.cepta la
doıuı.d6n
a!
Estado
por
e!
AyuntamientD
de
Cocentaina
(AZicıınte)
de
una
ftnca
sitıı
en
1'a1'-
tidu
de
Mirıılb6
11
conocida
per
..
Campo
de la
M~
rera» tmnino municipal de
Cocentaina.
'fKI-TU
cons-
truccl6n de
una
Secci6n
De!ega
de Imtit!LtD Na-
cionaı
de
E1lSe'll.anza
M
ed.uı..
Por
acuerdo del Min1ster:io
de
ıa
Gobernac16n. ae
feclııı.
18
de abril
de
1966,
se
autor.ıO
al Ayuntamiento de
Cocentıı.1na
paJ;ıı.
ceder
grıı.tuitaıınente
al
Estado el
salar
de
su
propiedad
anter!ormente re!erido
El
M1ıllsterlo
de
Educıı.c.l6n
y Clenc!a
coıı.sidera
ooııvenlente
aceptar
la
donaclOn
de
re!erenci:ı.,
con
ci
fin
de de&t!nar
el
mismo a
la
construccl6n
de
una
Secci6n Delegada
de
Inst1-
~uto
Nacional de
Ensenanza
Media.
En
.su
virtucl,
a.
propuesta del
Minls"...ro
de Hf!çienda.
3:
pre~
dellberııc16n
de!
COlll5ejo
de Ministros
en
su
reunıon
del
dia
qum·
(le
de julio de
mil
noveclentos sesenta y se!s,
OlSPONGO:
Articulo
prinıero.-De
con!orınidad
con
10.
dispuesto
en
el
articulo veintlcuatro de la
!.ey
del
Patrimoıııo
del Estado.
se
acepta 10. donac.l6n por el Ayuntamlenta
de
Cocentalna. (AIi-
cnnteı
a favor del Estado, de
UDa
finca
slta
en
la
partida
de
Miralb6 oonocida por
«caınpo
de
la
Morera»)
termino
municlpa.!
de
Cocentainıı
UDa
extension
de
dit'Z
mil me-
tros
c:uııdrados,
libre de
cfll"g>l.s
y gravamenes,
ı;ue
linda:
Norte,
con
la.
nueva carretera de Valencia a AlJcantc: Sur. fi.nca del
Ayuntaınlenta,
que consta
en
Inventarlo de bienes
munleiııales
con el
nı1ınero
diez, de
la
cua.J
se
segrega; Este.
Maria
Molt6
(hay Matllde
Vlve:ıt
Molto),
Juan
Pli
Roma
y
Blas
Puerto
Mol-
tô,
y Oeste. con Jose
PalaCıos
(hoy
Francişco
Andres Molro y
Vicente Jover) y doiia EstrellB
Gozo.lves
(boy
Angeı
Meso.ne~.
A segregar de
otra
de
mayor
cabida, inscrita
en
ci Reg!sero de
la
Propledad
al
folıo
veintinııeve,
libro
setenta
y c.noo, tomo
ochoc!entos scsenta y nueve. finca doce mil setecienoos dos. ins-
cripci6n
prımera.
.
A:rticulo segundo.-E1
lııınueble
melıciQııada
deberr.
ıncorpo.
=se
al
lııventario
Generıı.l
de
Blenes del Estado
l'
inscriblrııe
a
su
nombre
en
ci
de
la
Propiedad
para
su
ulterlor afectaci6n
por el Minlsterlo
de
Haclenda al de EClucaci6n y Ciencia, con
destino
IL
la
construcci6n de
UDa
Seccion De1egada de
Inst:ıtut.o
Nacional de Ensefia.nza. Media, cuya
!inalida~
habra
de
cunıplir
se de acuerdo con la vigente Ley
de
Regimen
Loca.l.
Articulo
terııero.-Por
Ministerio
de
Hacienda, a traves de
la Dlrecci6n General del
Patıimonio
de! Escado, se llevlU"'w li.
cabo
108
tr:i.mites
necesa.ıios
para
la
efectivid:ı.d
de
cuıı.nto
.se
d!spone
en
el presente Decreto. y
se
faculta
0.1
sefıor
Delegado
de Haclenda
en
AlIcante para. que
en
nombre deI
ESCado
con-
curra
0.1
otorgaınlento
de
la
oorresııondiente
escriturd
Aı;i
10
dlşpongo
por
eI
presente Decreto,
dada
en
,.IaClrid
a veintluno
de
julio de mil novecientos sesenta y
seıs.
FRANCISCO
FRANCO
El
Mlnı.tro
de
Hacıend:ı.,
JUAN JOSE ESPINOSA SAN MARTIN
DECRETO
216711966,
de
21
de
julic,
'PCJT
el que se
acepta la
donaciÔ7ı
al
Estado por el Ayuntamienm
de
.4.lmagro
(Ciıalad
Real)
de
do.~
parce!as
de
U-
rreno
seıialadııs
con
!os
numeros
27
y
28
del
poltg~
no
40,
sittuı
en
pa.seo
Vie,o de
la
FI01ilUZ.
del
ter-
mino
munidpaZ
de
.4.lmagro,
con
d.estina a la
con!-
trucci6n de
una
Secci6n Delegada mf:t:ta
de
11lSti.
tutD
N
ııcional
de
Ensenanza
Media.
Por
el Ayunta.m1ento de Almagro
!lan
sido
o!recıdas
dos
par.
celas de terreno.
radicadııs
en dJcho termino
mu!"'.ıeipal,
con
destino a
la
constr1lcc16n
de
una
Sei:ciön
Deleı:ada
Mixta
de
Instituta Naclonal
de
Ensefianza Media.
Coııs1derando
conveniente por el MiIlister.io
de
Eaucaclon
'J
C1encla
la
edı!icacl6n
de
d1cho Centro
de
enı;eiianza
Procede
aceptar
la
donaci6n
III
Estado a
CI'Je
antcs se alude
pOr
parte
del Ayuntamiento de AImagro.
En
su
v1rtud, a propuesta del Minlstro de Hacienda. y previa
dellberacl6n de!
COll8ejo
de Ministros
en
.su
reıwion
de!
dfa.
qujn.
et
de
JUl10
de
mll
noVec.lenfQ1ı
ııııaeııta.
y _
10798
17
agosto
1966
B.
0
::fel
F -1\'U",
196
DI
S P 0
NGO:
Articulo
primero.-Dc
conformldad con
el
articulo veinti-
cuatro de la Ley del Patrimonio del Estado.
se
acııpta
la
dona-
cl6n ofrecida. por el Ayuntnmlento
de
Almagro
(Ciudıı.d
Real)
de dos parcelas
de
terreno
sitwı
en el
Pa.aeo
Viejo
de
la Florida,
del termino municipal
de
Almagro, sefialadas con
l.:ıs
ntııneros
veintis1ete y veintiocho de] poligono
cuarentıı,
con una
super!ı
cie
de
cincuenta y siete
iı.reas
cincuenta
centiiı.reas
y sesenta
y cinco areas de superficie, y que Jindan: al Norte, con el Paseo
Viejo; Este y Sur. con el
caınino
de
Graııatula.
y Oeste. con el
Ayuntaıniento
de
La
ciudad. y la
otra
finca !inda: al Norte.
con Paseo Viejo; Este, Ayuntarniento de
la
ctudad, y Sur y Oes-
te, canuno de Granatula, con destino a
la
construcci6n
de
una
Seccl6n De1egada Mixta tipo
«A))
de
Instituto Nacional
de
En-
seiianza. Media,
Articulo
segundo.-El
ınmueble
mencionıı.do
debera incorpo·
rarse al Inventarlo General
de
Bienes del Estado e
ınscriblrse
a
su
nombre
en
el Reglstro
de
lll.
Propledad para
su
ulterior
afectaci6n
per
cI
Minısterlo
de
Haclenda al de Educacl6n y Cien-
cia, con
la
expresada
f1na!1dad.
que
habra
de
cumplirse de
acuerdo con
10
dlspuest.
en la vigent,e Ley de Regimen
Loca1.
Articulo
tercero.-Por
el Mlnisterio
de
Hacienda. a
trave~
de
La
Direcc!6n General del Patrimonio del Estado,
se
lIevaran il,
cabo los tramltes
necıısarios
para la efectiv!dad
de
cuanto
se
dlspone en el presente Decreto. y se faculta
al
llustrls1ıno
seiior
Del~ado
de Haclenda en Cludad Real
para
que concurra al
otorgaımento
de la correspendiente escrltura publlca.
As!
10
dispongo por el presente Decreto, dada
ən
Madrid
a.
velntlunıı
de julio
de
mil noveclentos
sesentıı.
y
!l€ls.
FRANCISCO
F'RANCO
:ıı:ı
Mınıstro
de
Haclcnda.
JUA..,..,.
JOSE ESPINOSA SAN
",lARTIı:ı
!)ECRETO
216811966.
de
21
de
julio,
por
el
que
SP.
acepta
La
dOlHzciôn
cıl
IMar:lo
'{lar
el Ayuntamiento
de
Plcısencicı
(CCt.ceres)
de
un
solar
en
dicho
termi-
ıw
municipal para
La
con.strucınôn
de
ıın
edifiıno
destilUU10
a
ofidna
de
ln/ormacion y
T;ırismo.
For
acuerdo de! Minist.erlo
de
la
GObernnclön de fecha
24
de
!ellrero
de
1966
se uutorlz6
111
A}'U1ıtıııniento
de
Plasencia
para
ceder
gratUıtamente
al Estado el solar
de
su propieda.d
anteriormente refcrldo.
El M1nisterl0
de
Informaci6n y
Tıırisıno
consldera conveniente
aceptar
la
donac16n de referencia. con
el
!in
de destinar el mis·
ma
a la canstrucci6n
de
una
Oficln:ı.
de
Inforınaci6n
"J
Tıırlsıno.
En
su virtud, a propuesta del M1nistro
de
Hacieııde
y previa
delibcrac16n del Consejo
de
Mlnistros
en
su
reuni6n del
dia.
quin-
ee
de
jUlio
de mil novecientos
sesent::ı
y seis.
DISPONGO:
Articul0
primero.-De
conformldad con
10
dlspuesto en
e1
artlculo
veintıcuatro
de la Ley del PatrimoniQ del Estado.
se
acepta.
la
donac16n
per
el Ayumamiento
de
Plasencla (CaceresJ
LI
favor
Estado de
unıı
finca slta
en
la
calle del Oblspo don
Domingo Jimenez,
niımero
uno, del referldo termino municipal
de Plasencia. con una cxtensi6n 5uperficial de clentQ catorce
coma cincuenta metros cuadrados, libre de cargas y
grııv{ımenes.
que Iinda: al Este. su frente. con
la
calle del Obispo don Do-
mingo Jimenez; al Norte.
entraııdo.
por la derecha. con la plaza
de abastos; al Sur, entrandQ. a la izquierda. con
call~
nueva
de
paso de peatoncs,
)'
al
O€ste,
en
su fondo, con !latio de luces
de
la
plaza de abastos y con finca de
105
senore5 don Dionisio Pe-
reira
Martin y don Dionisio Pereira Fernandez, a segregar
de
otra
de mayor cabida lnscri'a
en
el
Reglstro de la
Propledıtd
al
folıo
cıento
sesent::ı
y nueve, vuelto. de!
tonıo
quir.ientos cin-
cuenta. y
siəte
del Archivo, übro
oclıenta
y cinco, finca
ntıınero
tres
mıı
dos.
inscripcion
primer:ı..
~ticulo
segundo.-El
innıueble
mencıonado
debera
ıncorpo·
rarse al
Inveııtario
General
de
Bienes del Estado e inclusive
a su nombre en
el
de
la
Propiedad para su ulLerlor afectaci6n
por
~i
Ministerio
de
Hncicnda al de Informaci6n y Turismo.
CO!]
destıno
a la
construccı6n
de un edificio
para
Oficina
de
Infornıa
ci6n y Turismo, cuya
fin:ı.l!dad
habra
de
cumpl1rse de 2cuerdo
con
la vigente Ley de
Regimeıı
Local.
Articulo
tercera.-Por
cl Ministerio de Hacienda.,
ə
traves
de
La
Direcci6n General del
Patriınonio
del Estado.
~
llevariın
a
cabo los tramites necesarios para la efectividad
de
cuanto
se
dısjxme
en
el presente Decreto. y
se
faculta al sefior Delegado
de Hacienda de
Ciıı:ere~
panı
que en nombre del
E~tado
con-
curra al
otorgaııılento
de !a correspondiente escrltura.
Alil
10
dbpongo por el presente Decreto, dada an Madrid
a.
veintluno de Jull0 de mil novecientos sesenta y sels.
FRANCISCO
F'RANCO
M1nlstro de Haclend3
JUAN
JOSE
E6PINOSA SAN MARTIl-.
DECRETO
216911966,
de
21
de
julio. por
eZ
que
se
acepta la donaci6n
al
Estado por el
A)Juntamienıo
de
Puebla
de
Don Fadrique (Granada)
de
una
finca
denomiıuıda
«La Rula)), sita
en
el
referido
termiıW
municipal, para
la
construcciôn
de
casa
cuarteZ
parıı
las
FUeT~as
de
la
Guardia Civil.
Per
acuerdo del Ministerio
de
la
Gobernaci6n de
lecha
6
de
m:ı.yo
de
1965
se
autoriz6 al Ayuntamiento de Pucbla
de
Don
Fadrique (Oranada)
para
ceder
gratUıtamente
al Estado el In·
mueble de su propledad anterlormente referido
La Direcclôn General
de
la Guardla Civil
CQmı
conve-
niente aceptar la donaci6n de referenc!a. con el
Iln
Qf
destinar
el
misı:ıo
il.
la
construccl6n de
un:ı.
casa-cuartel pnra las fuerzas
de
la
Guardia
CiviL.
En
su
virtud. a propuesta
deı
MlnJstro de HacienCa. y previa
deliberaci6n del Consejo
de
MiniStr05
en
su reuni6n del
dia
Quln-
ee de julio de mil novecientos sesenta y sels,
DI
S P 0
NGO:
ArtıculO
pr1mero.-De conformldad con
10
dispuesto
en
art!culo velnticuatro de
la
L€y
del Patr1monio del Estado. se
acepta
itı.
donacl6n por el Ayuntamlento de
PuelıJa
\le
Don
Fa.-
drique (Granada) a
fav{)r
del Estado de
una
flnca
denoıninada
«Lıı.,Rula)),
sita
cn
el
rderido
termino municlpnl, con
una
ex-
tensl6n de mll selscientos metros cuadrados. Iibre al' cargas y
gravı'ımencs.
euya descripc!6n se detalla:
Llnd:ı.
aJ
Norte y
Sur
con
la
parcela de donde
se
~egreg:ı.;
Levant-e.
çıırretera.
de
Huesear. y Ponlente, con Camino Vlejo de
Huesca.r
Inscrlta
en
el Reg1stro
de
la Prop!edad
al
tomo setec!entos
cuıı.renta
y
siete,
I1bro
clento sesenta y tres,
ro1io
c!ento tres. tinca
nUınero
once
mil
seisclentos doce. Inserlpclon primera
de
La
tlnca matriz.
Articulo
segundo.-El
lnmuel;ıle
mencionado deberi. incorpo-
rarse
al
Inventar10 General de Blenes del Estado e inscrlbirse
a.
su nombre
en
el de
la
Propiedad
para
su ulterior a.fectaci6n
per
el Mlni5terlo de Haclenda
:ı.l
de
la Gobernaci6n
(D1recc16n
General
di!
la
Guardliı
CIvil), con dest!no a la
coııı.trucc!6n
de
una
casa-cua.rtel
para
las fuerzas de la Ouardla Civil,
cuya.
finalidıid
habra
de
c:ımplirse
de
acuerdo con la
vig~He
Ley
de
Regimen Local.
Articulo
tercero.-Por
d
Mıni3terio
de
Hacienda, a traves
de
la
Direcciôn General del
Patrimoııio
del Estado,
se
lIevar;tll
los
triım!tes
neeesarios Para
la
efectividad de cuanto
~e
di~
pone
cn
el presente Decreto, y se faculta al senor Delegado
de
H:ı.ciendıı
en
Granada
para
quc
cn
nombre del Estado con·
curra
al
otorgamiento de
la
correspoıılii
escritur9.
Asi
10
dispongo po:
el
preil€nte D('(:reto, dado en Madrid
a \'cintiuno de julio de mil novecientos sesenta y seis.
F'RANCISCO F'RANCO
Et Mlnlstto
de
Hucıeodn.
JUAN
JOSE ESPINOSA
SAN
MARTIN
DECRETO
2170/1966,
r:le
21
de
1ııZio,
'{Ior
el
que
se
acepta la donaciôn
al
Estado por
el
Ayuntamieııto
de
Barbastro (Huesca) de una parcela de terreno,
propiedad
mıınicipa!,
sita
en
Cantarigal, con
destiıw
a viviendas
de
Camineros y
Parque
de
zona.
Por el excelent!simo Ayuntn.miento de
B:ı.rbastro
hıı.
sido ofre_
c1da
al Estado
una
parcela de terreno con extensl6n superficlal
de
trece mil seiscientos
ochenta
metros cuadrado,>, prop!edad
munJcipal,
sita
en
Cantaıigal,
que
!ln
con
Obra~
publicıuı.
Pri-
mit!vo O!ivera y vluda de
Juste
Obis; emplazamiento, frente al
cuartel del General Ricardos.
Habiendo
sıdo
debidamente autorizado el
ındic:ı.ao
Ayunta-
miento
para
proceder a
la
donaclôn al Estado de
La
expresada
parcela, que IIgura inscrita
en
ei
Registro de la Pr"opiedad al
tomo trescientos cincuenta y
l1ueve
de! Archlvo. IIbro
cuarenta
y ocho del Ayuntamiento
de
Barb:ıstro,
fo!io
cuarcmıı
y nueve,
ıinca
nıimero
cuatro mll
quinıentos
setenta y siete, inscripci6n
primera. dentro
de
la
finca
matrız
de
La
que se
seı;r~~a.
Dicha. finca fue a.dquirlda
POr
el
Ayulltaıııiento
d~
Barbastro
cn vlrtud de cscrltura otorgada
el
8
de
maya
de
1~63.
en
la
cual
se
pact6 que
un
rEsto
de
finca que quedaba a las vendedoras
ten!a su
entrada
por el trozo
de
finca
enajenada
y
continuariı
teıılo!ndole,
por el mlsmo sltlo
lıasta
tanttı
no
sen hab'iltado
otra
paso que cumpla
108
mlsınos
fines. Salvo
ei
indlcudo
~erecho
de
pa.so,
se halla I!bre
de
c::ırgas.
Por el Mlnisterio
de
Obras
Piıblicas
se
consldera
d~
gran
inte-
fes la construcc!6n en
diclıa'
parcela de terreno
d~
viviendas
de
Caminer05 y Parque
de
Zona en
Barb~stro.
En
su virtud, a propuesta del Ministro
de
Haclenda, y previn
delibernci6n del Consejo de Mlnlstros
en
su
reuni6n del dia quln·
ce
de jUllo
de
mil novec!entos sesenta y sels,
DISPONGO:
ArticuJo
primero.-&
acepta la donRcl6n
al
Esrado
per
el
eKceJentisimo
Ayuntaıniento
de Barbastro de una parce1a de
terreno de trece
mU
seiscientos ochenta metros
cua(jradOB,
cuya
parcela se .segrega de
otra
de mayor extcnsi6n, inscrlta
en
al

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