Orden AAA/976/2013, de 30 de mayo, por la que se establece un nuevo plazo, en el año 2013, para la presentación de solicitudes de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas, y al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos.

MarginalBOE-A-2013-5821
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El artículo 5.2 del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas, prevé que las solicitudes de ayudas deberán presentarse anualmente en los plazos establecidos en las respectivas convocatorias de las comunidades autónomas y, en todo caso, antes del 30 de abril de cada año.

Asimismo, el artículo 7.3 del Real Decreto 1724/2007, de 21 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos, dispone que las solicitudes podrán presentarse anualmente antes del 1 de mayo, según la convocatoria específica.

En función de la documentación a presentar y de la distribución territorial de las subvenciones, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, conforme a lo establecido en el artículo 86 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, alguna comunidad autónoma no ha podido, dentro de dichos plazos límite, publicar las correspondientes convocatorias. Por ello, es preciso conceder un nuevo plazo para la presente campaña, hasta el 31 de julio de 2013. Lógicamente, la apertura de plazo no producirá efectos respecto de aquellas convocatorias ya publicadas.

Esta orden se dicta de acuerdo con la habilitación establecida, respectivamente, en la disposición final tercera del Real Decreto 784/2009, de 30 de abril, y en la disposición final tercera del Real Decreto 1724/2007, de 21 de diciembre.

En el procedimiento de elaboración de esta disposición han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas de los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1...

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