Real Decreto 1164/2007, de 31 de agosto, por el que se indulta a don Luis Prieto Riego.

MarginalBOE-A-2007-17812
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

Visto el expediente de indulto de don Luis Prieto Riego, condenado por el Juzgado de lo Penal número 11 de Madrid, en sentencia de 15 de septiembre de 2003, como autor de un delito de robo con violencia e intimidación, a la pena de dos años de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de condena, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de agosto de 2007,

Vengo en indultar a don Luis Prieto Riego la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Palma de Mallorca, el 31 de agosto de 2007.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

MARIANO FERNÁNDEZ BERMEJO

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