Resolución de 22 de febrero de 2010, de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, por la que se establece el procedimiento para la inserción de anuncios en el 'Boletín Oficial del Estado' y en el 'Boletín Oficial del Registro Mercantil'.

MarginalBOE-A-2010-2980
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyResolución

La Ley 25/1998, de 13 de julio, de Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Carácter Público, regula en los capítulos II y III del título preliminar la tasa a la que está sujeta la inserción de anuncios en el «Boletín Oficial Estado» («BOE») y en el «Boletín Oficial del Registro Mercantil» («BORME»). Los artículos 38 y 44 del Real Decreto 1495/2007, por el que se crea la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado y se aprueba su estatuto, determinan que la gestión y recaudación por la publicación de anuncios en el «BOE» y de anuncios en el «BORME» corresponde a la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, formando parte de su presupuesto de ingresos el importe recaudado por este concepto.

El artículo 45 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé el empleo y aplicación de las técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos por las Administraciones públicas en el desarrollo de su actividad y el ejercicio de sus funciones. Por otra parte, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos reconoce y regula el derecho de los ciudadanos a relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos con la finalidad de garantizar sus derechos, un tratamiento común ante ellas y la validez y eficacia de la actividad administrativa en condiciones de seguridad jurídica.

Por último, la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, regula los supuestos y las condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, y la Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, establece el procedimiento y las condiciones para el pago de las tasas, aplicables por la inserción de anuncios en los diarios «BOE» y «BORME», mediante soporte papel o por vía telemática, a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria.

En consecuencia, en virtud de lo establecido en los artículos 37, 38 y 44 del Estatuto de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, aprobado por el Real Decreto 1495/2007, de 12 de noviembre, dispongo:

Primero. Objeto.–La presente Resolución tiene por objeto establecer el procedimiento para la inserción de anuncios en el «BOE» y en el «BORME».

Segundo. Sujetos pasivos.–Los sujetos pasivos de las tasas por la inserción de los citados anuncios son las personas físicas o jurídicas que publiquen anuncios en alguno de los diarios oficiales «BOE» o «BORME».

Tercero. Procedimientos para la elaboración y envío de los anuncios.

  1. La elaboración del anuncio, se realizará, en todo caso, a través de formularios disponibles en la sede electrónica de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado, o a través de la Plataforma de Contratación del Estado del Ministerio de Economía y Hacienda para los organismos que así lo tengan previsto.

  2. El acceso al sistema de inserción de anuncios de la sede electrónica de la Agencia se puede hacer con o sin certificado electrónico.

  3. Los usuarios que hayan accedido al sistema de gestión con certificado...

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