Orden INT/2403/2010, de 7 de septiembre, por la que se modifica la adscripción orgánica de las unidades dependientes de Albolote (Granada) y Tenerife II, y se crea la unidad dependiente de Mallorca.

MarginalBOE-A-2010-14182
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

Por Orden de 10 de junio de 1999 se creó la Unidad Dependiente del Establecimiento Penitenciario Tenerife II. Igualmente, por Orden INT/938/2007, de 27 de marzo, se creó la denominada Unidad Dependiente del Centro Penitenciario de Albolote (Granada). Posteriormente se han creado, entre otros, los Centros de Inserción Social «Mercedes Pinto» en Tenerife y «Matilde Cantos Fernández» en Granada, ambos destinados a albergar un alto número de internos clasificados en tercer grado de tratamiento.

Por otro lado, tras un largo período de funcionamiento, pese a que se dispuso que su puesta en marcha fuera provisional, de la Unidad Dependiente del Centro Penitenciario de Mallorca en colaboración con la Cruz Roja, se considera que es oportuno fijar ya, por orden ministerial, la carta de naturaleza de la citada Unidad Dependiente, pero vinculándola al Centro de Inserción Social «Joaquín Ruiz Giménez», de Palma de Mallorca.

Las referidas unidades dependientes nacen con la finalidad de albergar reclusas (con o sin hijos) clasificadas en tercer grado sin que se evidencie externa y formalmente que se trata de espacios penitenciarios pues la estructura de las viviendas donde se ubican las unidades dependientes no se diferencia, ni se debe diferenciar en nada, de cualquier otra vivienda civil de su entorno y no disponen, por lo tanto, de signos externos, tales como placas, anagramas o carteles, que informen que tal vivienda alberga penados en régimen abierto ni que tal unidad depende de un centro penitenciario concreto.

Cuando se crearon las Unidades de las que hablamos, se hicieron depender, como se ha dicho, de un Centro Penitenciario de régimen ordinario, pero en el momento presente se considera más adecuado que esa vinculación pase, en todo su extensión a serla de un centro de cumplimiento en régimen abierto, es decir de un centro de inserción social próximo que cuente con unas instalaciones propias y un cuadro directivo, así como con una...

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