Real Decreto 266/1979, de 26 de enero, por el que se adscribe al Servicio de Extensión Agraria un edificio sito en la Factoría de Tabladilla (Sevilla), con el fin de ubicar en el mismo el Centro Regional de Andalucía Occidental del expresado servicio.

MarginalBOE-A-1979-4939
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
4354
17
felirero
1979
B. O.
í:lel
E.-Núm.
42
111.
Otras
disposiciones
MINISTERIO
DE
JUSTICIA
MINISTERIO
DE
HACIENDA
4939
REAL
DECRETO 288/1979.
de
28
de.
enero.
por
el
que
8e
adscribe
al
Servido
de
Extensión
Agrario
un
edtficio
sito
en
la
Faetona
de
TabladiUa
(Sevt-
lIa),
con
el
ftn
de
ubicar
en
el
mismo
el
Centro
Be-
Qional
de
Andalucta
Occidental
del
8xpresado
.er-
vicio.
E~
~inisterio
de
AgrIcultura'
ha
solicitado
la
adscriPción
al
SerVJCIO
de
Extensión
Agraria
de
un
edificio
propiedad
del
Estado,
sito
en
la
factoría
de
Ta-blad1lla
(sevilla(
con
el
fin
JUAN
CARLOS
El
Mlnistro
de
Hacienda.
FRANCISCO FERNANDEZ ORPOf¡"EZ
Artíou1o
prime-ro.-Se
adacribe
al
Servicio
de
Extensión
Agraria
el
edificio
sIto
en
la
factoría-,
de
Tabladilla
(Sevilla).
que
a
continua.d.6n
se
describe:
...Edificio COL
superficie.
de
quinientos
veinte
metros
cuadra,-
dos
perteneciente
al
conjunto
de
edüicaciones
que
~nstituyen
la
factona
de
Tabladilla~
sito
en
la
calle
Genara
Parladé.
de
Sevilla,
a
la
que
no
tiene
acceso
directo,
dando
aesta
via
únicamente
un
ventanal
y
teniendo
el acceso,
medIante
tres
PUertas,
por
las
calles
interiores
de
la
faetoria.
Consta
de
un
86-
ta.{lo
visitable
una
planta
sobre
entramado
de
hormigón,
y
cubierta
de
dos
aguas
-
de
fibrocemento
oon
su
correspondiente
cielo
raso.
Linda:
aJ
Norte,
con
la
ea-lle
Genaro
Parladé,
y
por
108
restantes
vientOs con
la
propia
finca
a
la
qua
pertenece._.
Articulo
segundo.-De
conformidad
con
10
diSpuesto
en
el
articulo
ochenta
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
,abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cua:f;J"o.
&1
Servicio
de
Extensión
Agraria
no
adquiere
ia
propiedad
del
inmueble-
cit&--.
do.
el
cual
habrá
de
utilizarse
necesariamente
como
Centro
Regional
dj!
Andalucía
Occidental
del'
_
expresado
Servicio,
de-
biendo
revertir
al
Estado
si
no
Se
cumpliere
14
finaJidad
d-e
la
adscripción.
Articulo
tercere.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda., a
través
de
la
:Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
Uevarán
acabo los
trámites
oportunos
para
la
efectividad
de
cuanto
se
diSpOne
en
el
presente
Rea.l Decreto.
Dado
en
Madrid
a
veintiséis.de
enero
de
mii
novecientos
se-
tenta
y
nueve.
4940
REAL
DECRETO 287/1919,
de
28
de enero.
por
el'
que'
se
acepta
la
donación
al
Estado,
por
el
Ayun-
tamiento
de
Talavera
de
la
Reina
(Toledo),
de
un
inmueble
de
646,53
metro.
cuadrados,
sito
-en
su
término
municipal,
con
destino
a
la
instalación
de
los Juzgados e
instalaciones
complementarta.6.
Por
el
AyuntamIento
de
Talavera
de
la
Reina
(Toledo)
ha
sido
ofrecido
al
Estado
un
inmueble
de
una
extensión
superficiaf
de
seiscientos
cuarenta
y
seis
coma
'cincuenta
y
tres
metros
ouadrados,
sito
en
$U
término
municipal,
con
destino
a
la
ins-
talación
de
los
Juzgados
e
instalacIones
complementarias.
Por
el
Ministerio
de
Justicia
se
considera
de
interés
la
re·
ferida
donación.
A
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
veintiséiS
de
enero
d~
mil
nóvecientos,
setenta
y
nueve,
_e
DISPONGO,
Arttculo
primero:-De
contormidadcon
10
d!5q1Ussto
en
el
M-
Uculo
veinticuatro
de
1&
Ley
del
Patrimonio,
se
acepta
1&
do-
nación
al
Estado,
por
el
Ayuntamiento
de
Talavera
de
la
Reina
(Toledo),
de
un
inmueblf'
sito
en
el
mismo
término
municIpal,
calle
Mérida,
número
siete,
de
seiscientos
cuarenta
yseis
coma
cincuenta
y
tres
metros
cuadrados.
que
linda:
Por
el
frente.
c~
la
calle
de
Mérida;
"Por
el
fondo,
con
la
guardería
infantIl;
por
la
derecha,
con
CQJle
Adalid
Meneses.
y
por
la
izquierda,
con
caJlejÓn
de
Mérida.
El'
inmueble
donado"
déstinará
a
la
instalación
de
los
JU&~
gados
e
instalaciones
complementarias.
~
Articulo
segundo.-El,
inmueble
mencionádo
deber'1l- incorpo.-
rarse
al
inventarlo
General
de
Bienes
del
Estado.
una
vez
ins-
crito
a
su
nombre
en
el
Registro
de
la
PrOPiedad,
para
su
ul-
terior
af8!Cta.ci6n
por
el
Ministerio
de
Hacienda
al
de
JuSticia
para
los
servicios
di!
instalaci6n
de
los
Juzgados
einstalacioD.es
de
ubicar
en
el
mismo
el
Centro
Regional.-
de
Andalucía
Occi-
dental
del
expresado
Servicio.
La
I..ey
del
Pa.trimonio
del
E9tado-
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos'
&aSaLta
y
cuatro,
en
SUS
artículos
ochenta.
al
ochenta
y
tres,
autoriza
la·
adscripción
de
bienes
inmuebles a
106
Organismos
del
Estado,
los
cuales
no
adquieren
su
propie·
dad,
habiendo
de
ser
utilizados
exclusivamente
para
el
cumpl1.
miento
de
1018
finas
que
se-
determinen.
por
lo
qu~
Se oonsidera-
aconsejable
_acceder a
la
petición
formulada.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Mlr..istro
de
Hacienda.
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en su
reunión
del
día
veintiséis
de
enero
de
mil
·novecientos
setenta
y
nueve,
DISPONGO,
JUAN
CARLOS
4937
El
Ministro
de
Justicia.
LANDELlNO
LA
VILLA ALSINA
REAL
DECRETO
338211978,
de 29 de diCiembre.
con·
cediendo
la
nacionaLidad española
por
_carta
de
_
naturaleza
a
doña
Marta
{sabeL
Amparo
Margarita
Cauta
de
Palma.
Visto
el
expediente
incoado
en
este
Centro
a
instancia
de
doña
MarIa
lsabe!
Margarita
Caula
d(t
Palma,
en
solicitud
de
que
le
sea
ooLcedída
la
nacionalidad
española
por
carta
de
naturaleza.
lo dispuesto..
en.
el
articulo
diecinueve
del
Código
Civil,
y
cumplidos
los
trámites
y
requisitos
establecidos.
a
propuesta
del
MiniStro
d~
Justicia,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
veintinueve
de
diciembre
de
mil
noYecientos
setenta
y
ocho,
'
DISPONGO.
Articulo
prlmero.-8e
concede
la
nacionalidad
espaftola a
doña
Maria
Isabel
Amparo
Margarita
Caula
de
Pal.ma.
111ja
de
CarlOS
Manuel
y
de
Maria
Isabel.
ArtJ:culo
segundo,-La
expresada
oonoesiéa
no
producirá
efectos
hasta
que
la
interesada
se
inscriba
como'
española
en
el
RegIstro
Civil,
previas
las
declaraciones
legalmente
exi-
gidas,
y
caducará
Si
se
dejan
tra.n.scurrir
ciento
ochenta
días
desde
la
notlficación
sin
cumplimentar
estas
concesiónes.
Dado en
Madrid
a
veintinueve
de
diciembre
da
mil
no"-
cientos
setenta
yooho.
4938
RESOLUCION
de
la
Escuela
Judicial
por
la
que
se
anuncia
la
celebración
de
curS08
de
perfecciona-
miento
en-tre
funcionarios
del
Cuerpo
de
Auxiliare,
de la
Administración
ds
JustíckJ,.
En
virtUd
de
10
disfuesto
en
la
Orden
de
Z1
de
marzo
de
1978
{
..
Boletín
Oficia
del
EstadQio
número
52}
})01!-
la
que
se
regula
la
expedici6~
del
diploma
acr8cUtaUvo
de
la'
especial
capacitación
profesional
de
los
Auxiliares
de
la
Administración
de
JUSticia y
ron
arreglo
al
artículo
1.°
de
dicha
Orden,
la
Escuela
Judicial
convoca
alos
funcionarios,
alos
que
se
refie..
re
el
apartado
2
del
articulo
5.°, a
fin
de
que
puedan
solicitar
la
realización
del
oportuno
C\U'&)
de
perfeccionamiento
con
arrei'lo
a
las
siguientes
normas:
'
Primera.-En
el
plazo
de
quince
días
hábiles,
a
pbrtir
de
la
fecha
de
la
publicación-
de
esta
convocatoria
en
el
..
Boletín
.()fl.
cial
del
Estado
...
,los
Auxiliares
de
la
Administración
de
Justicia
alos
que
se
refiere
el
apartado
2
del
articulo
5.°
de
la
Orden
del
Ministerio
de
Justicia,
de
27
de
marzo
ya
citada
podrán
solicitar
la
realización
del
curso
de
perfeccionamiento'
estable-
cido
en
la
misma,
que
tendrá
lugar
en
las
fechas
que
en
su
momento
Se
detennin&rán.
S~gund~,-En
las
c~spondientes
solicitudes,
dirigidas
al
excelentísImo
seño~
Dlrector
de
la
Escuela
Judicial,
por
COD-
ducto
reglamentano,
harán
constar
los
solicitantes
la
materia
por
la
que
opten,
dentro
de
las
que
se
fijan
en
el
articulo
2."
de
la
precitada
Orden
ministerial.
Madrid,
29
de
enero
de
1979.-EI
Director
de
la
Escuela
Ma-
tías
del
Campo.
".
'

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