Orden INT/1467/2011, de 31 de mayo, por la que se desarrolla el Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia.

MarginalBOE-A-2011-9674
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

El Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por los movimientos sísmicos acaecidos el 11 de mayo de 2011 en Lorca, Murcia, contempla, en el artículo 3.1.b), la concesión de ayudas al Ayuntamiento de Lorca por los gastos de emergencia realizados con motivo de los movimientos sísmicos, así como para el resarcimiento de los gastos originados a personas jurídicas o físicas que hubieran sido requeridas por la autoridad competente de la Administración General del Estado en materia de protección civil para la prestación personal o de bienes y servicios con motivo de la situación de emergencia.

La concurrencia de un gran número de damnificados, la singularidad de las normas de aplicación a una situación de esta naturaleza y la necesidad de actuar de la manera más eficaz y ágil posible para permitir el restablecimiento de la normalidad, son circunstancias que aconsejan establecer una norma específica para la tramitación de las ayudas contempladas en el citado artículo 3.1.b) del Real Decreto-ley 6/2011. La aplicación de estas previsiones especiales conlleva la inadecuación de las reglas que con carácter general, sobre esta misma materia, establece el Real Decreto 307/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica, y se establece el procedimiento para su concesión.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 23 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, y por la disposición final primera del Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, dispongo:

Artículo 1 Ámbito de aplicación.

Se regirá por lo dispuesto en esta Orden la tramitación de las ayudas contempladas en el artículo 3.1.b) del Real Decreto-ley 6/2011, de 13 de mayo, para la concesión de ayudas al Ayuntamiento de Lorca por los gastos de emergencia realizados con motivo de los movimientos sísmicos, así como para el resarcimiento de los gastos originados a personas físicas o jurídicas que hubieran sido requeridas por la autoridad competente de la Administración General del Estado en materia de protección civil para la prestación personal o de bienes y servicios con motivo de la situación de emergencia.

Artículo 2 Objeto.
  1. La subvención al Ayuntamiento de Lorca se concederá por el importe correspondiente a los gastos de emergencia en que haya incurrido como consecuencia de actuaciones imprescindibles e inaplazables para garantizar la vida y seguridad de las personas y el...

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