ORDEN AEX/3590/2004, de 15 de octubre, por la que se convocan pruebas de admisión al Curso de Estudios Internacionales de la Escuela Diplomática para el curso 2005-2006.

MarginalBOE-A-2004-18939
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyOrden

ORDEN AEX/3590/2004, de 15 de octubre, por la que se convocan pruebas de admisión al Curso de Estudios Internacionales de la Escuela Diplomática para el curso 2005-2006.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2º del Real Decreto 1475/1987, de 27 de noviembre, la Dirección de la Escuela Diplomática convoca el concurso de solicitudes y las pruebas de admisión al Curso de Estudios Internacionales para el curso 2005-2006 y para un máximo de sesenta alumnos, con arreglo a las siguientes normas:

Primera.--Podrán participar en el Curso los candidatos que, hasta el máximo indicado, fueren al efecto seleccionados por la Comisión a que se refiere la norma tercera de la presente convocatoria entre las siguientes categorías de aspirantes:

  1. Miembros de Servicios Diplomáticos extranjeros, con titulación de Doctor o Licenciado universitario, que sean oficialmente presentados por vía diplomática.

  2. Candidatos con titulación de Doctor o Licenciado universitario, de academias o instituciones extranjeras oficialmente encargadas de la selección o la preparación de miembros del Servicio Diplomático de sus respectivos países, presentados por dichos centros u oficialmente por vía diplomática.

  3. Doctores o Licenciados, españoles y extranjeros, en Facultades universitarias, Escuelas Técnicas Superiores o Centros equivalentes.

Segunda.--1. Los aspirantes de las distintas categorías indicadas en la norma primera deberán ineludiblemente tener la condición o poseer la titulación en ella estipulada con anterioridad al 15 de febrero de 2005 y no deberán, preferiblemente, exceder en dicha fecha la edad de treinta y cinco años. Es recomendable poseer un alto nivel de inglés.

  1. Tratándose de nacionales de países cuyo idioma oficial no sea el español, será además requisito indispensable acreditar de manera fehaciente un nivel de conocimiento de la lengua española suficiente para seguir con el debido aprovechamiento el programa del Curso. Las Embajadas y Consulados de España, en los países de residencia, pondrán especial cuidado en verificar el cumplimiento de este requisito, recurriendo, en su caso, a la realización de entrevistas que permitan comprobar el nivel de conocimiento del español de cada aspirante. La posesión del Diploma de Español como Lengua Extranjera (DELE), expedido por el Instituto Cervantes, se considerará en todo caso acreditación suficiente del nivel requerido.

    Tercera.--Las solicitudes serán evaluadas por una Comisión 'ad hoc' que decidirá la selección final de los admitidos al Curso. Esta Comisión estará presidida por el Embajador Director de la Escuela Diplomática, que podrá delegar...

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