Resolución de 19 enero de 2010 de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Granada por la que se autoriza administrativamente, se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones y se reconoce, en concreto, la utilidad pública de los proyectos 'Gasoducto de transporte secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada)' y su Reformado II. Exp. TGC 01/06 y DGC 37/07.

MarginalBOE-B-2010-7512
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    COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA 7512 Resolución de 19 enero de 2010 de la Delegación Provincial de la

    Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Granada por la que se autoriza administrativamente, se aprueba el proyecto de ejecución de instalaciones y se reconoce, en concreto, la utilidad pública de los proyectos "Gasoducto de transporte secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada)" y su Reformado II. Exp. TGC 01/06 y DGC 37/07.

    Antecedentes de hecho

    Primero. Con fecha 6/6/2006 D. Pedro Santos Nieto, con DNI 28.905.175-V, en nombre y representación de Endesa Gas Transportista, S.L., con CIF B-50898352 y domicilio en C/ Aznar Molina, n.º 2, CP 50002 de Zaragoza, solicitó de esta Delegación Provincial autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución de instalaciones y reconocimiento, en concreto de la utilidad pública, para el proyecto "Gasoducto de transporte secundario para suministro al término municipal de Escúzar (Granada)".

    Segundo. La descripción y características de las instalaciones principales a ejecutar, genéricamente descritas, son las siguientes:

    Proyecto inicial:

    - Canalización para suministro de gas natural al Polígono Industrial Marchalhendín, al núcleo urbano de La Malahá, a la industria Knauf, al Polígono Industrial Profitegra y al núcleo urbano de Escúzar.

    - Trazado: Origen en el gasoducto Granada-Motril existente en el término municipal de Otura, en la zona denominada El Esparragal y final en el término municipal de Escúzar, en el camino de Ácula, donde se ubica la posición 2.

    - Presión de operación: 59 bar (APB). Presión de diseño 80 bar.

    - Tubería de línea: De acero al carbono, según especificaciones API 5L, calidad Gr, X-60, diámetro 6", longitud 11.597 m.

    - La tubería irá enterrada como mínimo 1 m. de profundidad sobre su generatriz superior.

    - Instalaciones auxiliares: Tres posiciones de válvulas, posición 0, en el término municipal de Otura, posición 1 en el término municipal de Alhendín (con ERM G-160 y válvula de seccionamiento) y posición 2 en el término municipal de Escúzar (con ERM G-650 y válvula de seccionamiento).

    Presupuesto: 1.640.779,54 euros.

    Tercero. Con fecha 5/2/2007 se remitió separata y se recabó informe del proyecto inicial a los siguientes organismos afectados: Servicio de Carreteras de la Diputación Provincial, Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes, Endesa Distribución Eléctrica, S.L., Emasagra, Comunidad de Regantes de Charcones Hervidora, Comunidad de Regantes de Alhendín, Comunidad de

    Regantes de Cantarranas y Olivillo, la Comunidad de Regantes de Otura, Distribuidora Eléctrica Bermejales, S.A., Ayuntamiento de Escúzar, Ayuntamiento de La Malahá, Ayuntamiento de Alhendín, Ayuntamiento de Otura y la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir.

    Con fecha 2/3/2007 se recibe en esta Delegación escrito del Ayuntamiento de Escúzar, proponiendo un trazado alternativo que discurre por caminos y linderos de las fincas particulares. Posteriormente, dicho organismo con fecha 14/3/2007, presenta dos nuevos trazados alternativos, con el fin de disminuir el número de parcelas de particulares afectados, trasladándose a la empresa con fecha 20/3/ 2007. La empresa manifiesta mediante escritos de fecha 27/3/2009 y 12/4/2007, su disconformidad con los trazados alternativos.

    Con fecha 29/3/2007 se recibe en esta Delegación escrito del Ayuntamiento de La Malahá, informando que "el gasoducto se ha trazado por el lugar que mas perjuicios ocasiona..." y solicita su modificación para no afectar entre otras, a una parcela donde se va a ubicar un futuro camping y otra en la que se va a instalar el nuevo depósito de agua potable del municipio, proponiendo tres alternativas de trazado. Con fecha 10/4/2007 se remite a la empresa el informe del Ayuntamiento.

    El resto de Organismos y Entidades mencionados, en unos casos, contestaron dando su conformidad a las instalaciones y a la declaración de utilidad pública, emitiendo al mismo tiempo los condicionados oportunos que fueron aceptados por la empresa peticionaria y en otros, no se obtiene respuesta, entendiéndose la conformidad a la instalación según artículo 80, del Real Decreto 1434/2002.

    Cuarto. El expediente del Proyecto Inicial fue sometido a trámite de información pública mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOEn.º 57, de fecha 7/3/2007; BOP n.º 37, de fecha 22/2/2007, y en los periódicos Ideal y Granada Hoy, en fechas 26/2/2007 y 26/2/2007, respectivamente, para que en el plazo de veinte días se tramitaran las reclamaciones que se estimaran procedentes.

    Quinto. Transcurridos los plazos reglamentarios durante el periodo de información pública, presentaron alegaciones al proyecto inicial: D.ª Maria Jesús Calatrava Escobar, como representante legal de la Fundación Asilo y Escuelas de la Purísima de Alhendin, manifiesta que las fincas se encuentra arrendadas a diferentes personas y el trazado planteado afectaria de manera sustancial a las fincas al discurrir el gasoducto por mitad de las zonas arrendadas y obligaria a replantear los arrendamientos, y plantea un trazado alternativo por el borde norte de las parcelas.

    Endesa Gas Transportista, S.L., manifiesta que la instalación del gasoducto es compatible con el uso agrícola de las parcelas ya que, una vez instalada la tubería, el terrenos se restituye a su estado agrícola inicial, señalando que la prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a un profundidad superior a cincuenta centímetros no impide que las fincas se puedan volver a cultivar como venía haciéndose hasta ahora. De acuerdo con el estudio geotécnico, la alternativa de trazado planteada debe ser desestimada por motivos de seguridad, al revelarse la existencia de deslizamiento en la zona propuesta, asi como que la zona señalada es una vaguada, por lo que existiría el riesgo de descubrimiento de la zanja en un futuro.

  2. Francisco Hitos Mendoza, manifiesta que existe una discordancia entre la

    relación concreta e individualizada de bienes y derechos afectados y los planos del proyecto ya que aparece como afectado por la expropiación parte del camino de acceso a la finca en una superficie de 1.272 metros cuadrados en dominio y 90 metros lineales de servidumbre. Asimismo, indica que el camino de acceso se encuentra en la parcela 4 del polígono 8 mientras que en la relación publicada, figura en la parcela 3. Así mismo, manifiesta que el camino que aparece afectado en los planos del expediente es parte de acceso tanto al resto de las tierras, como a las naves y casa cortijo de su propiedad, por lo que se estaría causando un importante daño, tanto económico como estructural, planteando una serie de alternativas.

    Endesa Gas Transportista, S.L. manifiesta que tanto la parcela 3 como la 4 del polígono 8 del término municipal de Alhendín se encuentran afectadas por el proyecto. La parcela del alegante, la número 4 del polígono 8, identificada como GR-AL-7, se encuentra afectada por el gasoducto así como por las instalaciones auxiliares de protección catódica y Posición 1. A la vista de la reivindicación del alegante sobre la propiedad del camino identificado en el proyecto como GR-AL-6PO, se procede a corregir la relacion de bienes y derechos sin perjuicio de su acreditación en el levantamiento de actas previas a la ocupación. La afeccion de la finca GR-AL-7 se produce tanto por el proyecto original ( Gasoducto: S.P. de 140 m.l. y O.T.de 1.400 m2, Protección catódica: S.P. de 93 m.l. y O.T. de 372 m2 y SE de 2.280 m2). como por el proyecto Reformado II ( Gasoducto S.P de 202 m.l. y O.T. de 2.150 m2).

  3. Andrés Carrillo Fernández, D.ª Encarnación Carrillo Dieguez, Dª Isabel Villegas Gómez, D.ª Isabel Romera Vega, D. Eduardo Villegas Lorenzo, D.ª Rosa de la Blanca Pertíñez, D. Saturnino López Núñez, D.ª Mary Mar Fernández y Martin y otra, D. Andrés Carrillo Fernández, D.ª Encarnación Carrillo Diéguez, D. Francisco Romero Urbano, D.ª Soledad López Núñez, D.José Matute Benavides, D.ª Antonia Navarro Fernández, D.ª Ana Matute Benavides, D. Francisco Javier Ferrer López, D.ª Encarnación Gámez del Oso, D.ª Ana Núñez García, D. Manuel Guerrero López, D. Miguel Rojas Jiménez, D.ª M.ª José Castillo Castillo, D. Antonio Castillo Castillo, D. Manuel Ruiz Romera, D.ª Olimpia Ruiz Romera, D.ª María Lourdes Ruiz Romera, D.ª Antonia Palma Martín, D.ª Salvadora Palma Martín, D. Angelines Saldaña Guerra, D.ª Mercedes Saldaña Guerra, D.ª Elisa Dionisio Martín, D. Ángel López Palma, D. Miguel José Fabré García, D. Manuel Villena Múñoz, D. Manuel Dionisio Martín, D. Amador Núñez García, D. Custodio Vega Saldaña, D. Miguel Guzmán Núñez, presentan alegaciones.

    Endesa Gas Transportista, S.L. manifiesta que todas las fincas relativas a estos propietarios han quedado desafectadas con motivo de la modificación realizada en el proyecto y contenida en el documento denominado "Reformado II", que más adelante se detalla.

    D.ª Mercedes Castillo...

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