CORRECCIÓN DE ERRORES DEL REAL DECRETO 145/1997, de 31 de Enero, por el que se aprueba la Lista positiva de Aditivos distintos de Colorantes y Edulcorantes para su uso en la elaboracion de Productos alimenticios, asi como sus condiciones de Utilizacion.
Marginal | BOE-A-1997-17727 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Sanidad y Consumo |
Rango de Ley | Corrección |
Advertidos errores en el texto del Real Decre to 145/1997, de 31 de enero, por el que se aprueba la lista positiva de aditivos distintos de colorantes y edulcorantes para su uso en la elaboración de productos alimenticios, así como sus condiciones de utilización, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 70 de 22 de marzo de 1997, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones: En la página 9396:
Donde dice:
Leche cuajada / Sa / 100
,
Debe decir:
Leche cuajada / Sa / 1000
En la página 9399:
Donde dice:
Manzanas y peras desecadas / SO / 60
,
Debe decir:
Manzanas y peras desecadas / SO / 600
En la página 9404:
Alimentos en general:
Donde dice:
E-620 a E-625 / 10 Mg/Kg solos o en combinación
Debe decir:
E-620 a E-625 / 10 g/Kg solos o en combinación
En la página 9405:
Donde dice:
1. Bebidas alcohólicas
Debe decir:
1. Bebidas alcohólicas
Excepto vino y cerveza
En la página 9407:
Donde dice:
4. Bebidas a base de leche / E-473 y E-474 / Quantum Satis
,
Debe decir:
4. Bebidas a base de leche / E-473 y E-474 / 5 g/l solos o en combinación
Donde dice:
Complementos de la dieta / E-473 y E-474 / 5 g/l solos o en combinación
,
Debe decir:
Complementos de la dieta / E-473 y E-474 / Quantum Satis
En la página 9412:
Productos de la pesca:
Donde dice:
Productos a base de crustáceos congelados y ultracongelados / E-338 a E-341 / 5 g/Kg solos o en combinación
Pasta de crustáceos
Pasta de pescado / E-450 a E-452 / 1 g/Kg solos o en combinación
Debe decir:
Productos a base de crustáceos congelados y ultracongelados / E-338 a E-341
E-450 a E-452 / 5 g/Kg solos o en combinación
Pasta de crustáceos / 5 g/Kg solos o en combinación
Pasta de pescado / 5 g/Kg solos o en combinación
Surimi / 1 g/Kg solos o en combinación
En la página 9413:
Sal y sustitutos de la sal:
Donde dice:
E-535 a E-538 / 20 Mg/Kg
Debe decir:
E-535 a E-538 /...
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