Orden MAM/2120/2005, de 22 de junio, por la que se adaptan las bases de la convocatoria del concurso convocado por Orden MAM/1129/2005, de 15 de abril, a la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional de 22 de septiembre de 2004.
Marginal | BOE-A-2005-11423 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Ministerio de Medio Ambiente |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN MAM/2120/2005, de 22 de junio, por la que se adaptan las bases de la convocatoria del concurso convocado por Orden MAM/1129/2005, de 15 de abril, a la sentencia de la Sala de lo ContenciosoAdministrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional de 22 de septiembre de 2004.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional dictó el 22 de septiembre de 2004 una sentencia que considera que no es conforme a derecho la valoración simultánea dentro del mérito general 'trabajo desarrollado', del nivel de complemento de destino de los puestos desempeñados y de la experiencia en el desempeño de puestos pertenecientes al área funcional o sectorial a que corresponda el convocado, de acuerdo con la interpretación que realiza del artículo 44.1 c) del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, que regula esta materia.
A tenor de este pronunciamiento judicial no puede valorarse simultáneamente en el mérito general 'trabajo desarrollado' el nivel del complemento de destino del puesto actualmente desempeñado y el desempeño de puestos de trabajo pertenecientes al área a que corresponde el convocado o de similar contenido técnico o especialización.
Es preciso, por tanto, adaptar las bases del concurso específico, referencia 1E/2005, convocado por Orden MAM/1129/2005, de 15 de abril, (BOE del 27), corrección de errores Orden MAM/1331/2005, de 28 de abril (BOE de 14 de mayo) al contenido de la mencionada sentencia.
En consecuencia este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 120 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, y el artículo 40.1 del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, (BOE de 10 de abril), previa la aprobación de la Secretaría General para la Administración Pública, ha dispuesto:
Dar nueva redacción a la Base Cuarta. Punto 3. Apartado 1.2 'Valoración del trabajo desarrollado', que queda de la siguiente forma:
'1.2.1 Por el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado, con antigüedad de mas de seis meses en dicho puesto, los puntos resultantes de aplicar a este nivel el coeficiente de 0,10, hasta un máximo de 3 puntos.'
Suprimir de la base Cuarta. Fases del...
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