Orden DEF/2386/2005, de 13 de julio, por la que se adaptan las bases de la convocatoria del concurso convocado por Orden DEF/1229/2005, de 27 de abril, al contenido de la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional, de 22 de septiembre de 2004.

MarginalBOE-A-2005-12629
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

ORDEN DEF/2386/2005, de 13 de julio, por la que se adaptan las bases de la convocatoria del concurso convocado por Orden DEF/1229/2005, de 27 de abril, al contenido de la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional, de 22 de septiembre de 2004.

Por Orden de 27 de abril de 2005, del Ministerio de Defensa, publicada en el 'Boletín Oficial del Estado' número 109, de 7 de mayo de 2005, se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo.

En virtud del contenido de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta, de la Audiencia Nacional, de fecha 22 de septiembre de 2004, se procede a adaptar el contenido de la Base Tercera de la convocatoria, referida a la valoración de méritos, así como a la modificación de la Base Séptima, quedando la redacción definitiva de la siguiente manera:

Méritos

Tercera.La valoración de los méritos para la adjudicación de los puestos vacantes relacionados en el Anexo I se efectuará de acuerdo con la siguiente puntuación:

  1. Primera Fase: Para obtener un puesto de trabajo en el presente concurso, será necesario que los solicitantes alcancen en esta primera fase, la valoración mínima de 3 puntos, siendo la valoración máxima de 14 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

    1.1 Valoración del grado personal.

    1.1.1 Por la posesión de grado personal se adjudicarán hasta un máximo de 3 puntos, según la distribución siguiente:

    1. Por tener consolidado un grado personal superior al nivel del puesto que se solicita: 3 puntos.

    2. Por tener consolidado un grado personal de igual nivel al del puesto que se solicita: 2,50 puntos.

    3. Por tener consolidado un grado personal inferior al nivel del puesto que se solicita: 2 puntos.

      1.2 Valoración del trabajo desarrollado: Se adjudicarán hasta un máximo de 4 puntos en función del puesto de trabajo actualmente desempeñado, con arreglo a los criterios que se exponen a continuación:

    4. Por el desempeño de un puesto de trabajo de igual nivel o inferior en uno o dos niveles al del puesto solicitado durante:

      Menos de dos años: 3,25 puntos.

      Más de dos años y menos de cinco años: 3,50 puntos.

      Más de cinco años: 4 puntos.

    5. Por el desempeño de un puesto de trabajo inferior en más de dos niveles al del puesto solicitado durante:

      Menos de dos años: 2,25 puntos.

      Más de dos años y menos de cinco años: 2,50 puntos.

      Más de cinco años: 3 puntos.

    6. Por el desempeño de un puesto de trabajo de superior nivel al del...

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