Orden ECI/2790/2006, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de la adaptación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior.

MarginalBOE-A-2006-15902
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Orden ECI/2790/2006, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para la financiación de la adaptación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior.

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades a través de su título XIII y los Reales Decretos 55/2005, de 25 de enero, en el que se establece la estructura de las enseñanzas universitarias y se regulan los estudios oficiales de grado y 56/2005, de 25 de enero, en el que se regulan los estudios universitarios oficiales de posgrado, proporcionan a las universidades españolas el marco jurídico para el desarrollo e implantación del nuevo modelo de enseñanza superior en adaptación al Espacio Europeo de Educación Superior.

La progresiva construcción y consolidación de un sistema universitario en el ámbito europeo que se constituya como un polo de atracción para el resto del mundo ha avanzado considerablemente en estos últimos años. Por lo que a España se refiere, en este momento de desarrollo tal proceso requiere de la decidida participación y colaboración del Gobierno, las Comunidades Autónomas y las Universidades en actuaciones conjuntas destinadas a la ejecución de proyectos de planificación, diseño y definición de las actividades que se consideren necesarias para avanzar en dicho proceso.

A estos efectos y mediante Orden ECI/924/2005, de 21 de marzo, el Ministerio de Educación y Ciencia inició el pasado año la puesta a disposición de las universidades públicas de una convocatoria de ayudas destinada a financiar actividades para afrontar las necesidades y exigencias para la innovación del sistema universitario español.

Por otro lado, la adscripción de los centros universitarios a las Comunidades Autónomas requiere adaptar el procedimiento de gestión descentralizada al procedimiento general establecido en el artículo 86 de la Ley General Presupuestaria, que establece un procedimiento específico para efectuar la territorialización del crédito consignado en los Presupuestos Generales del Estado entre las Comunidades Autónomas, a la vez que requiere la delimitación precisa de los criterios que han de regir la actuación de las Comunidades Autónomas, a fin de colaborar con ellas en la financiación de la adaptación de las instituciones universitarias al Espacio Europeo de Educación Superior.

Asimismo la presente Orden establece los criterios básicos a que deberán ajustarse los proyectos que presenten las...

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