Acuerdo internacional administrativo entre el Ayuntamiento de Madrid (Reino de España) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la financiación relativa al proyecto "Gobernanza Migratoria Compartida (GMC): España y Marruecos" año 2019, hecho en Madrid el 30 de octubre de 2019.

Fecha de Entrada en Vigor30 de Octubre de 2019
MarginalBOE-A-2020-1
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE MADRID (REINO DE ESPAÑA) Y LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LAS MIGRACIONES (OIM) PARA LA FINANCIACIÓN RELATIVA AL PROYECTO «GOBERNANZA MIGRATORIA COMPARTIDA (GMC): ESPAÑA Y MARRUECOS» AÑO 2019

REUNIDOS

En Madrid, a 30 de octubre de 2019.

De una parte, doña Begoña Villacís Sánchez, titular del Área de Gobierno de la Vicealcaldía que actúa en nombre y representación del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3.1.8 del Acuerdo de 27 de junio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de la Vicealcaldía; y del Decreto del Alcalde de Madrid de nombramiento de miembros de la Junta de Gobierno de 15 de junio de 2019.

De otra parte, la Organización Internacional para las Migraciones, (en lo sucesivo «OIM»), una organización que forma parte del sistema de las Naciones Unidas, representada por María Jesús Herrera Ceballos, Jefa de Misión de la OIM en España, con sede en la calle Fernando el Católico, número 10, 1.º B, 28015 Madrid.

Ambas instituciones en la representación que ostentan se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente Acuerdo y, en consecuencia, a tal efecto:

MANIFIESTAN

Primero.

Que el Ayuntamiento de Madrid apuesta firmemente por desarrollar una política activa basada en la defensa de los Derechos Humanos, la igualdad de género, la defensa de la paz, la sostenibilidad ambiental y, en general, aquellos valores que ayuden a construir un mundo más humano y más justo basado en la paz, la justicia y la convivencia.

El Ayuntamiento de Madrid alineará su política en materia de cooperación y solidaridad con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (en adelante ODS) y apoyará la colaboración y participación de Madrid con organismos internacionales y en especial con Naciones Unidas.

Segundo.

Que entre las competencias del Área de Gobierno de la Vicealcaldía se encuentra el desarrollo de proyectos en el marco de la estrategia internacional de la ciudad, basada en impulsar las relaciones de la ciudad con otros actores locales, regionales e internacionales, de acuerdo con la política de solidaridad y cooperación reflejada en la Agenda 2030.

Tercero.

Que la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible es un plan de acción en favor de todas las personas, el planeta y la prosperidad. Esta propuesta política de Naciones Unidas apunta a un nuevo paradigma de desarrollo y reconoce por primera vez la contribución de la migración al desarrollo sostenible. Dentro de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, podemos encontrar referencias a la migración y/o el desplazamiento en once puntos; defendiendo así el principio básico de «no dejar a nadie atrás». La principal referencia que se hace a la migración se establece en la meta 10.7. «Facilitar la migración y la movilidad ordenadas, seguras, regulares y responsables de las personas, incluso mediante la aplicación de políticas migratorias planificadas y bien gestionadas».

Cuarto.

Que la OIM, una organización que forma parte del sistema de las Naciones Unidas, está consagrada al principio de que la migración en forma ordenada y en condiciones humanas beneficia a los migrantes y a la sociedad. La Organización ayuda a encarar los retos que plantea la migración a nivel operativo, fomentar la comprensión de las cuestiones migratorias, alentar el desarrollo socioeconómico a través de la migración, y velar por el respeto de los derechos humanos y el bienestar de los migrantes.

Quinto.

Que la OIM tiene entre sus objetivos encarar los retos que plantea la migración a nivel operativo, fomentando la comprensión de las cuestiones migratorias y alentando el desarrollo socioeconómico a través de la migración. Para velar por el respeto de los Derechos Humanos y el bienestar de las personas migrantes, la OIM coopera con los diferentes actores del panorama internacional, incluyendo entes locales, en donde en ocasiones se sienten más intensamente las causas y efectos de la migración. El reconocimiento de la importancia de las actuaciones de las instituciones locales y regionales en relación con la integración de la migración queda reflejado en diversas iniciativas de las Naciones Unidas. Una de ellas es la Iniciativa Conjunta de Migración y Desarrollo de la ONU (ICMD), diseñada durante 2017, dentro de la cual está, de la mano de otras agencias, la OIM.

Sexto.

Que el Reino de España y la OIM suscribieron el Convenio de Sede entre la Organización Internacional para las Migraciones y España para el Establecimiento de una Oficina de Representación de la OIM en España el 14 de julio de 2008, por el que se conceden todos los privilegios, inmunidades, exenciones y facilidades necesarias para permitir desempeñar funciones en este país. Que el Reino de España y la OIM suscribieron el Acuerdo Marco entre el Reino de España y la Organización Internacional para las Migraciones el 17 de diciembre de 2009 con el fin de realizar programas, proyectos y actividades para establecer una colaboración continúa en ámbitos de interés común como es la gestión ordenada y humana de las migraciones. Este Acuerdo de Cooperación es de aplicación a todos los programas, proyectos y actividades que OIM emprenda con financiación de las distintas administraciones públicas españolas, incluida la administración local.

Séptimo.

Que el Ayuntamiento de Madrid y la OIM se sienten profundamente identificados con la perspectiva de contribuir co-responsablemente a resolver los desafíos globales de nuestro tiempo, dentro de los cuales están sin duda la gestión e integración de las migraciones. Ambas instituciones reconocen la importancia de avanzar en acciones comunes para compartir líneas de trabajo que fomenten la cooperación y el intercambio de conocimientos y experiencias entre ellas, promoviendo la mejora de las condiciones de vida de la ciudadanía que habita y transita la ciudad de Madrid y del conjunto de la población mundial.

Por consiguiente, las instituciones acuerdan suscribir el presente Acuerdo con base en las siguientes:

ESTIPULACIONES

Primera. Objeto, finalidad y ámbito de aplicación.

El objeto del presente Acuerdo es la financiación del proyecto «Gobernanza migratoria compartida: España y Marruecos» («el Proyecto») a través de la concesión de una subvención directa a la...

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