Acuerdo de Cooperación en la lucha contra la delincuencia, en particular, el terrorismo, el tráfico ilícito de estupefacientes y la delincuencia organizada entre el Reino de España y Bosnia y Herzegovina, hecho en Madrid el 3 de marzo de 2011.
Fecha de Entrada en Vigor | 16 de Diciembre de 2011 |
Marginal | BOE-A-2015-2335 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Rango de Ley | Acuerdo |
ACUERDO DE COOPERACIÓN EN LA LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA, EN PARTICULAR, EL TERRORISMO, EL TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES Y LA DELINCUENCIA ORGANIZADA ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y BOSNIA Y HERZEGOVINA
El Reino de España y Bosnia y Herzegovina (en lo sucesivo denominados «las Partes»),
Expresando su deseo de fortalecer y ampliar las relaciones de amistad y cooperación ya existentes entre los dos Estados;
Expresando su preocupación por el peligro de difusión de la delincuencia internacional organizada, el tráfico internacional ilícito de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y sus precursores, así como el terrorismo internacional,
Respetando los acuerdos internacionales y la legislación existente en ambos Estados y sin perjuicio de sus compromisos previos basados en acuerdos bilaterales y multilaterales con terceros países,
Han convenido en lo siguiente:
Las Partes cooperarán y se prestarán asistencia recíproca en las siguientes áreas:
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La lucha contra el terrorismo internacional.
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La lucha contra la delincuencia organizada.
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La lucha contra el cultivo, la producción y el tráfico ilícitos de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y sus precursores.
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La lucha contra las actividades ilícitas relativas a armas, incluidas las armas biológicas, químicas y radiológicas, municiones, explosivos, material nuclear y radiactivo, así como sustancias venenosas.
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La lucha contra el contrabando y las actividades económicas ilícitas en el ámbito internacional, así como la legalización del producto (blanqueo de dinero) de actividades delictivas.
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La lucha contra la inmigración ilegal y el tráfico ilícito de seres humanos.
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La lucha contra la falsificación y la alteración de documentos de cualquier tipo.
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La lucha contra la alteración y falsificación de billetes de banco, tarjetas de crédito, títulos y valores y otros objetos de valor.
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La lucha contra los delitos contra la vida, la salud, la libertad y la integridad sexual de las personas.
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La lucha contra los delitos contra la propiedad y en especial contra la sustracción y el tráfico ilícito de vehículos de motor.
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La búsqueda de las personas desaparecidas, así como de personas que hayan cometido delitos en el territorio de la otra Parte y la identificación de cadáveres.
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La lucha contra el tráfico ilícito de bienes pertenecientes al patrimonio histórico y cultural, piedras y metales preciosos y otros objetos de valor.
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La lucha contra el cibercrimen.
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La lucha contra la corrupción.
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La mejora de los métodos y medios de mantenimiento y restauración del orden público y la gestión de situaciones de crisis, como secuestros, etc.
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La formación y educación de agentes de policía.
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La cooperación en los ámbitos cultural...
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