Acuerdo Administrativo para el período 2018-2019, entre el Ministerio español de Sanidad, Consumo y Bienestar Social y la Organización Mundial de la Salud, para llevar a cabo actividades de cooperación en materia de donación y trasplante de órganos, células y tejidos humanos al amparo del Acuerdo Marco de Cooperación entre el Reino de España y la Organización Mundial de la Salud de 12 de septiembre de 2001, hecho en Madrid y Ginebra el 31 de octubre de 2018.

MarginalBOE-A-2018-16431
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ADMINISTRATIVO, PARA EL PERÍODO 2018-2019, ENTRE EL MINISTERIO ESPAÑOL DE SANIDAD, CONSUMO Y BIENESTAR SOCIAL Y LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, PARA LLEVAR A CABO ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS, CÉLULAS Y TEJIDOS HUMANOS AL AMPARO DEL ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 2001

Firmantes:

M.ª Luisa Carcedo Roces, Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social del Reino de España, en virtud del Real Decreto 1161/2018, de 11 de septiembre, por el que se dispone su nombramiento y en virtud de las facultades concedidas en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Naoko Yamamoto, Subdirectora General para la Cobertura Universal de la Salud y los Servicios de Salud de la Organización Mundial de la Salud, en representación de la misma.

Los citados firmantes suscriben el presente documento en el marco jurídico del Acuerdo Marco de Cooperación entre el Reino de España y la Organización Mundial de la Salud (en adelante OMS), de 12 de septiembre de 2001 («Boletín Oficial del Estado» núm. 181, de 30 de julio de 2002), y actuarán, respectivamente, a través de la Organización Nacional de Trasplantes (en adelante ONT) de España y del Departamento para la Prestación de Servicios y Seguridad de la Organización Mundial de la Salud (en adelante SDS/OMS).

PREÁMBULO

Considerando,

– La adopción de las resoluciones WHA57.18 y WHA63.22 de la Asamblea Mundial de la Salud sobre trasplante de órganos y tejidos humanos;

– La petición efectuada en la resolución WHA57.18 y reiterada en la resolución WHA63.22, de recogida de datos globales sobre las prácticas, seguridad, calidad, eficacia y epidemiología del trasplante, y disponibilidad de dichos datos para todos los agentes involucrados, incluyendo profesionales, pacientes, políticos y la población general, reconociéndose como un requisito previo para la mejora global y el mejor acceso a los trasplantes;

– La extensa experiencia de la ONT en la creación, mantenimiento y análisis de datos en materia de trasplantes, iniciada con las bases de datos europeas en nombre del Consejo de Europa, y posteriormente con datos procedentes de los países de América del Sur a través de la Red/Consejo Iberoamericano de Donación y Trasplante, así como la amplia red de contactos establecida entre la ONT y las autoridades sanitarias en materia de trasplantes gracias a la citada cooperación;

– La Declaración conjunta de intenciones entre el Ministerio Español de Sanidad y Consumo y la OMS para desarrollar el Observatorio Global de Donación y...

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