Acuerdo Administrativo, para el período 2017-2018, entre el Ministerio español de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Organización Mundial de la Salud, para llevar a cabo actividades de cooperación en materia de donación y trasplante de órganos, células y tejidos humanos al amparo del Acuerdo Marco de Cooperación entre el Reino de España y la Organización Mundial de la Salud de 12 de septiembre de 2001, hecho en Madrid y Ginebra el 30 de octubre de 2017.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Noviembre de 2017
MarginalBOE-A-2017-14169
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO ADMINISTRATIVO, PARA EL PERÍODO 2017-2018, ENTRE EL MINISTERIO ESPAÑOL DE SANIDAD, SERVICIOS SOCIALES E IGUALDAD Y LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, PARA LLEVAR A CABO ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN EN MATERIA DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS, CÉLULAS Y TEJIDOS HUMANOS AL AMPARO DEL ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD DE 12 DE SEPTIEMBRE DE 2001

Firmantes:

Dolors Montserrat Montserrat, Ministra de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad de España, en virtud del Real Decreto 417/2016, de 3 de noviembre, por el que se dispone su nombramiento y en virtud de las facultades concedidas en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Naoko Yamamoto, Subdirectora General de Cobertura Sanitaria Universal y Sistemas de Salud de la Organización Mundial de la Salud, en representación de la misma.

Los citados firmantes suscriben el presente documento en el marco jurídico del Acuerdo Marco de Cooperación entre el Reino de España y la Organización Mundial de la Salud, de 12 de septiembre de 2001 (Boletín Oficial del Estado núm. 181, de 30 de julio de 2002), y actuarán, respectivamente, a través de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT) de España y del Departamento para la Prestación de Servicios y Seguridad (SDS) de la Organización Mundial de la Salud.

Preámbulo:

– La adopción de las resoluciones WHA57.18 y WHA63.22 de la Asamblea Mundial de la Salud sobre trasplante de órganos y tejidos humanos;

– La petición efectuada en la resolución WHA57.18 y reiterada en la resolución WHA63.22, para la recogida de datos globales sobre las prácticas, seguridad, calidad, eficacia y epidemiología en trasplantes, su disponibilidad global para todos los agentes involucrados, incluyendo profesionales, pacientes, políticos y la población general, reconocida como un requisito previo para la mejora global y el mejor acceso a los trasplantes;

– La extensa experiencia de la ONT en la creación, mantenimiento y análisis de datos de trasplantes, iniciada con las bases de datos europeas en nombre del Consejo de Europa y posteriormente con los procedentes de los países de América del Sur a través del Programa Alianza, así como la amplia red de contactos con las autoridades sanitarias establecida gracias a esta cooperación;

– La Declaración conjunta de intenciones entre el Ministerio Español de Sanidad y Consumo y la Organización Mundial de la Salud para desarrollar el Observatorio...

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