Acuerdo de 12 de septiembre de 2019, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se establece el procedimiento para la liquidación y el pago por vía electrónica de la tasa 003 "Derechos de examen (gestión exclusiva por el CGPJ)".

MarginalBOE-A-2019-13310
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejo General del Poder Judicial
Rango de LeyAcuerdo

El artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, regula la tasa por derechos de examen, cuyo hecho imponible se define en los siguientes términos: «Constituye el hecho imponible de la tasa la participación como aspirantes en pruebas selectivas de acceso o promoción a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por la Administración pública estatal, así como en las pruebas de aptitud que ésta organice como requisito previo para el ejercicio de profesiones reguladas de la Unión Europea»; regulándose en el resto del precepto el devengo de la tasa, los sujetos pasivos, las exenciones y bonificaciones, las cuantías de la tasa, el pago y la gestión de la misma.

El Consejo General del Poder Judicial tiene la competencia exclusiva para la convocatoria y gestión de los procesos selectivos de acceso a la Carrera Judicial por la categoría de Magistrado (art. 301.5 en relación con el art. 311 LOPJ) y de acceso al cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial (art. 621.1 y 3 LOPJ en relación con la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma del Consejo General del Poder Judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial). En ambos casos las pruebas selectivas de acceso integran el hecho imponible previsto en el artículo 18 de la citada Ley 66/1997.

La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial recoge la competencia del Consejo General del Poder Judicial para la convocatoria de pruebas de acceso a la Carrera Judicial, así como la convocatoria de las pruebas de acceso al Cuerpo de Letrados del Consejo General del Poder Judicial, regulada por la disposición transitoria segunda de la Ley Orgánica 4/2013, de 28 de junio, de reforma de la anterior.

El artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece el derecho y obligación de los ciudadanos de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas.

Por Resolución de 12 de julio de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública (BOE núm. 184, de 31 de julio de 2018), se publicó el Convenio de encomienda de gestión entre el Consejo General del Poder Judicial y la Secretaría General de Administración Digital, para la inscripción telemática en procesos selectivos, así como el pago telemático de las correspondientes tasas. La encomienda de gestión afectará a las actividades de...

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