Orden de 2 de agosto de 1991 por la que se actualizan las instrucciones técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por via Aerea.
Marginal | BOE-A-1991-23115 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Obras Públicas y Transportes |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto 1749/1984, de 1 de agosto, por el que se aprobó el Reglamento nacional sobre el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por via Aerea, y las instrucciones técnicas para el transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por via Aerea faculta, en su Disposición final segunda, al Ministerio de Transportes, turismo y comunicaciones, actualmente Ministerio de Obras Públicas y Transportes, para modificar, previó informe favorable, en su casó, de los Ministerios competentes y del informe preceptivo de La Comisión Interministerial de Coordinacion del transporte de mercancías peligrosas, los anexos a dicho Real Decreto, en los casos siguientes:
Cuándo sean introducidas enmiendas por la Oaci, en el Anexo 18 al Convenio de Chicago, o en las instrucciones técnicas (oaci, doc.9284-An/905).
Cuándo se considere necesaria, a propuesta de los Ministerios competentes y sin perjuicio de su comunicación a la Oaci, a los efectos previstos en el artículo 38 del citado Convenio de Chicago de 1944.
En las instrucciones técnicas, cuya última revisión fue publicada por orden del Ministerio de Transportes, turismo y comunicaciones, actualmente Ministerio de Obras Públicas y Transportes, del 31 de Julio de 1987, se han introducido una serie de enmiendas. Por ello y previó los informes favorables de los Ministerios de asuntos exteriores, defensa, interior, Industria, Comercio y turismo, y sanidad y consumo, y con el informe preceptivo de La Comisión Interministerial de Coordinacion del transporte de mercancías peligrosas, dispongo:
Artículo 1. El Texto de las instrucciones técnicas para el transporte sin riesgos de mercancías peligrosas por via Aerea queda modificado de acuerdo con el Anexo de la presente orden.
Art. 2. La presente orden entrará en vigor el dia de su publicación en el ‹Boletín Oficial del estado›.
Madrid, 2 de agosto de 1991.
Borrell fontelles
Ilmo. Sr. Director General de aviación civil.
Anexo
Ministerio de Obras Públicas y Transportes
Dirección General de aviación civil
Instrucciones técnicas para el transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por via Aerea
Preámbulo
Vinculacion con el Reglamento nacional sobre el transporte sin riesgo de mercancías peligrosas por via Aerea y con el Anexo 18 al Convenio de Chicago
Los...
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