Real Decreto 879/1981, de 27 de marzo, sobre actualización sectorial de activos a efectos del incremento patrimonial en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 1981.
Marginal | BOE-A-1981-11279 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Rango de Ley | Real Decreto |
EL ARTICULO TREINTA Y SIETE DE LA LEY SETENTA Y CUATRO/MIL NOVECIENTOS OCHENTA, DE VEINTINUEVE DE DICIEMBRE, DE PRESUPUESTO GENERALES DEL ESTADO PARA MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO, DISPONE QUE: "A EFECTOS DE DETERMINAR LOS POSIBLES INCREMENTOS O DISMINUCIONES PATRIMONIALES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO VEINTE DE LA LEY CUARENTA Y CUATRO/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO, DE OCHO DE SEPTIEMBRE, EN VIRTUD DE TRANSMISIONES REALIZADAS DURANTE EL A|O MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO, Y SIEMPRE QUE HAYA MEDIADO MAS DE UN A|O DESDE LA FECHA EN QUE SE ADQUIRIO EL BIEN QUE SE TRANSMITE, EL VALOR DE ADQUISICION DE LOS DISTINTOS ELEMENTOS PATRIMONIALES SE CALCULARA APLICANDO AL VALOR QUE RESULTE, A PARTIR DE UNO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE, SEGUN LAS NORMAS VIGENTES, EL COEFICIENTE DEL INDICE QUE, POR SECTORES, REGLAMENTARIAMENTE SE DETERMINE."
EN SU VIRTUD, SE HACE PRECISO ESTABLECER LOS REFERIDOS COEFICIENTES O FACTORES DE ACTUALIZACION PARA LOS DISTINTOS SECTORES
TENEINDO EN CUENTA TODO ELLO, A PROPUESTA DEL MINISTRO DE HACIENDA, DE ACUERDO CON EL CONSEJO DE ESTADO Y PREVIA DELIBERACION DEL CONSEJO DE MINISTRO EN SU REUNION DEL DIA VEINTISIETE DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO, DISPONGO:
A LOS EFECTOS DE DETERMINAR LOS POSIBLES INCREMENTOS O DISMINUCIONES PATRIMONIALES A QUE SE REFIERE EL ARTICULO VEINTE DE LA LEY CUARENTA Y CUATRO/MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO, DE OCHO DE SEPTIEMBRE, EN VIRTUD DE TRANSMISIONES REALIZADAS DURANTE EL A|O MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO, Y SIEMPRE QUE HAYA MEDIADO MAS DE UN A|O DESDE LA FECHA EN QUE SE ADQUIRIO EL BIEN QUE SE TRANSMITE, EL VALOR DE ADQUISICION DE LOS DISTINTOS ELEMENTOS PATRIMONIALES SE CALCULARA APLICANDO AL VALOR QUE RESULTE, A PARTIR DE UNO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE, SEGUN LAS NORMAS VIGENTES, LOS SIGUIENTES COEFICIENTES O FACTORES DE ACTUALIZACION:
(TABLA OMITIDA)
DADO EN MADRID A VEINTISIETE DE MARZO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y UNO.-JUAN CARLOS R.-EL MINISTRO DE HACIENDA, JAIME GARCIA AÑOVEROS.
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