Circular 1/1992, de 7 de enero, de La Dirección general de tributos, por la que se aclara la cuantía de las Cuotas fijas exigibles por máquinas tipo b o c, en la Tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, durante 1992.

MarginalBOE-A-1992-497
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyCircular

La Ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del estado para 1992 (‹Boletín Oficial del estado› número 313, de 31 de diciembre), establece en su artículo 83.1 la elevación de los tipos de cuantía fija de las Tasas de la Hacienda estatal hasta la cantidad resultante de la Aplicación del coeficiente 1,05 a la cuantía exigible en 1991, con excepción de aquéllas Tasas que hubiesen sido objeto de actualización específica por normas dictadas en el último año citado.

Habiendo sido varias las Oficinas gestoras y los particulares que han formulado consulta sobre el alcance del mencionado precepto, en Relacion con las Cuotas fijas exigibles por máquinas tipo b o c en la Tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, Esta Dirección general, que tiene atribuída la interpretación de las normas a efectos de su Aplicación en via de Gestion, considera oportuno aclarar dicha cuestión a Traves de la presente circular.

De conformidad con lo anterior, no habiéndose actualizado durante 1991 las Cuotas fijas exigibles por máquinas tipo b o c en la Tasa fiscal sobre juegos de suerte, envite o azar, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 83.1 de La Ley de Presupuestos Generales del estado para 1992, las mencionadas Cuotas pasarán a ser, durante 1992, las siguientes:

A) máquinas tipo b o recreativas con premio:

A) cuota anual: 393.750 pesetas.

B) cuándo se trate de máquinas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR