DECLARACIÓN de aceptación por España de la adhesión de la República de Belarús al Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970.

MarginalBOE-A-2003-2305
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores

DECLARACIÓN

De acuerdo con lo previsto en el artículo 39, párrafo 4.°, del Convenio sobre la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil (La Haya, 18 de marzo de 1970), España acepta la adhesión de la República de Belarús a dicho Convenio.

En el momento de la adhesión, la República de Belarús efectuó la siguiente reserva y declaraciones:

Reserva (de conformidad con el párrafo 1 del artículo 33 del Convenio):

'La República de Belarús excluye, en su totalidad, la aplicación de las disposiciones del párrafo 2 del artículo 4 del Convenio.' Declaraciones:

'1. De conformidad con el artículo 8 del Convenio, la República de Belarús declara que a la ejecución de una Comisión Rogatoria en materia civil o mercantil podrán asistir miembros del personal judicial de otros Estados contratantes previa autorización de las autoridades competentes de la República de Belarús.

La República de Belarús designa al Tribunal Supremo de la República de Belarús y al Tribunal Económico Supremo de la República de Belarús, de conformidad con sus respectivas competencias, como las autoridades a los efectos de dicho artículo del Convenio.

  1. De conformidad con los artículos 16 y 17 del Convenio, la República de Belarús declara que todo funcionario diplomático o consular y toda persona designada en debida forma como Comisario podrá proceder, sin compulsión, a la obtención de pruebas en el territorio de la República de Belarús en materia civil y mercantil previa autorización de las autoridades competentes y con arreglo a las condiciones fijadas por las autoridades competentes.

    La República de Belarús designa al Tribunal Supremo de la República de Belarús y al Tribunal Económico Supremo de la República de Belarús, de conformidad con sus respectivas competencias, como las autoridades a los efectos de dichos artículos del Convenio.

  2. De conformidad con el...

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