Real Decreto 1495/1985, de 5 de junio, por el que se acepta la donación al Estado, por el Ayuntamiento de Ortigueira (La Coruña), de un solar de 625 metros cuadrados, sito en dicho término municipal, con destino a la construcción de una Administración de Hacienda.

MarginalBOE-A-1985-18582
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
27302
III.
Jueves
29
agosto
1985
Otras
disposiciones
.
BOE
núm.
207
18582
18583
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
18581
REAL
DECRETO
1494/198~.
de 5dejunio. por el que
se cede gratuitamente al Ayuntamiento de Villafranca
de Bonany (Baleares) un inmueble sito en su término
municipal. .
,.
El
Ayuntamiento de Villafranca
de
80nany
(Baleares) ha
solicitado la. cesión gratuitá de un inmueble sito en su término
municipal, calle Escuela,
para
ser destinado aviales.
Se
ha acreditado que el bien cuya cesión
se
solicita tiene la
calificación de patrimonial. figurando inscrito en el Registro de la
Propiedad yen el Inventario General de Bienes del Estado, yque
no se juzga previsible su afectación oexplotación.
La
Ley
del Patrimonio del Estado,
en
su artículo
7'1,
autoriza al
Gobierno para ceder alas Corporaciones locales los inmuebles del
Patrimonio del Estado
por
razones de utilidad
pública'
ode
intereses social.
En
su
virtud, apropuesta del Ministro de Economía yHacíenda
yprevia deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del
dia 5de junio de 1985,
DISPONGO:
Articulo
1.0
Se
cede gratuitamenie al Ayuntamiento de VilIa.
franca de Bonany (Baleares). con destino aviales. yal amparo de
los articulos 74 a
77
de la Ley del Patrimonio del Estado, el
inmueble que aconti.nuación se describe: .
«Parcela urbana sita
en
calle Escuela. del término municipal de
Villafranca de Bonany (Baleares), de 320 metros cuadrados, que
linda: Derecha. camino Escremat; izquierda, calle Lepanto, y
fondo, 66.001.20 (inmueble del que se segrega).»
La
parcela descrita deberá segregarse de la finca de mayor
cabida, inscrita en el Registro de la Propiedad de Manacor, al tomo
2.773, libro
50,
folio 80, finca número 2.891, inscripción
~unda.
Art.
2.
0Si
el
bien cedido no fuera destinado al uso prevIsto en
el plazo de un año, odejara de serlo posteriormente, se considerará
~suelta
la cesión yrevertirá al Estado, integrándose
en
su patrimo-
mo.con todas sus pertenencias yaccesiones, sin derecho aindemni·
zaclón, temendo el Estado derecho" además, apercibir de
la
Corporación, previa tasación pericial,
e1
valor de los detrimentos o
deterioros del mismo. .
Habiéndose comprometido el Ayuntamiento de Villafranca de
80nany
(Baleares) al cercamiento del Cuartel de la
Guardia
Civil
con el cual colinda.
Art.
3.
0
Por
el Ministerio
de
Economía yHacienda, através
de la Dirección General del Patrimonio del Estado, se adoptarán las
determinaciones necesarias para la efectividad del presente· Real
Decreto.
Dado en Madrid a 5 de
junio
de 1985.
JUAN
CARLOS
R.
El
Mínislro
de
Economia yHacienda,
MIGUEL BOVER SALVADOR
REAL DECRETO 1495/1985, de 5
de
junio, por el que
se
acepta
la
donación al Estado, por e/AyuntamIento
de
Ortigueira (La Coruña), de
un
solar de 625 metros
cuadrados, sito
en
dicho término municipal, con
destino a
la
construcción de una Administración
de
Hacienda.
Por
el Ayuntamiento de Ortigueira (La Coruña),
ha
sido
ofrecido al Estado un solar de
una
extensión superficial de 625
metros cuadrados sito
en
dicho término municipal, con destino a
la construcción de una Administración de Hacienda.
Por
el Ministerio de Economia yHacienda se considera
de
interés la aceptación de la referida donación.
Apropuesta del Ministro de Economia yHacienda. yprevia
deliberación del Consejo de Ministros
en
su reunión del dia 5de
junio
de 1985,
DISPONGO:
Artículo
l.
o
De
conformidad con lo dispuesto en
el
artículo 24
de la Ley del Patrimonio, se acepta la donación al Estado. por
el
Ayuntamiento de Ortillueira (La Coruña>. de un solar que se
describe así: Parcela sita en Ensenada de la Preguiza, Ayuntamiento
de Ortigueira, de 800 metros cuadrados. hoy de
625·
metros-
cuadrados, como consecuencia del terreno ocupado por los viales
que
la limitan, la cual, en la actualidad tiene los siguientes linderos:
Norte, con terreno del Instituto
de
BUP
y.COV; sur, con la
prolongación del paseo de Barro Soto; este, con la avenida de la
Constitución, yoeste, con terrenos del Instituto de BVP yCOV.
Figura inscrita en
el
Registro de la Propiedad de Ortigueira, finca
número 16.190, folio
91,
tomo 230, libro 138, inscripción segunda.
El
inmueble donado se destinará ala instalación
de'
una
Administración de Hacienda
Art.
2.
0
El
inmueble mencionado deberá incorporarse al
Inventario General de Bienes del Estado, una vez inscrito asu
nombre en el Registro de la Propiedad, para su ultenor afectación
al Ministerio de Economía yHacienda para los servicios de
Administración de Hacienda, dependientes de este Departamento.
La finalidad de la donación habrá de cumplirse de conformidad
con lo disJ'uesto en la vigente legislación de Régimen Local.
Art. 3
..
'
Por
el Ministerio de Economia yHacienda. a
tra\és
de la Dirección General del Patrimonio del Estado.
se
llevaran a
cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto
se
dispone en el presente Real Decreto.
Dado
en
Madrid a 5 de
junio
de 1985.
JUAN
CARLOS
R.
El
Minis1ro
d~
Economía yHacienda,
MIGUEL
BOVER SALvADOR
REAL DECRETO 1496/1985,. de 5
de
junio.
por
el
que
se acepta
la
donación al Estado, por
el
Ayuntamiento
de Tamames (Salamanca),
de
un inmueble de 3.572
metros cuadrados, sito
en
su término muniCipal. con
destino a
la
construcción de una Casa Cuartel para
la
Guardia Civil.
Por
el Ayuntamiento de Tamames (SaJamanca), ha sido ofre·
cidQ
al Estado un inmueble de
una
extensión superficial de 3.572
metros cuadrados, sito
en
su término municipal,
-con
destino ala
construcción
de
una
Casa Cuartel
para
la Guardia. CiviL
..
Por
el Ministerio del Interior se considera
de
interés la
aceptación
de
la referida donación,. apropuesta-
del
Ministro de
Economía yHacienda, yprevia deliberación del' Consejo de
Ministros,
en
su reunión del
día
5de
junio
de 1985,
DISPONGO:,
Artículo
1.0.
De conformidad
CaD
lo
dispuesto en el artículo 24
de la Ley del Patrimonio,
se
acepta
1a
donación al ESlado,
por
el
Ayuntamiento de Tamames (Salamanca),
de
UD
inmueble de 3.572
metros cuadrados, formadQ
por
la agrupación
de
fincas, parcelas
número 7y8del polígono 24; linda: Norte, con la carretera
de
Salamanca aSequeros; este,
cOn
terrenos de
dOIl
Rafael Iglesias;
sur, terrenos de los herederos de
don
Isidro
M,rtin
Mendoza; oeste,
prado de
don
Horacio Montejo. .
El inmueble donado se destinará ala construcción de
una
Casa
Cuartel PlI!lI la
Guardia
Civil.
Art. 2.° El inmueble mencionado deberá incorporarse al
Inventario General de Bienes del Estado,
una
vez inscrito asu
nombre
en
el Registro de la Propiedad, para su ulterior afectación
por
el Ministerio de Economía yHacienda al del Interior, para los
servicios de Casa Cuartel para la Guardia Civil, dependiente de este
último Departamento. La finalidad de la donación habrá de
cumplirse de conformidad con lo dispuesto
en
la vigenle legislación
de Régimen Local.

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