Real Decreto 526/1984, de 8 de febrero, por el que se accede a la reversión solicitada por el Ayuntamiento de Aracena (Huelva) de un inmueble que donó al Estado.

MarginalBOE-A-1984-6733
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
BOE.-Núm.
68
20
marzo 1984 7689
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Economta
,Hac1enda,
MIGUEL BOYER SALVADOR
E.l
Mini~lro
OfO
F,rr,rJ,,~fA
v
H'lri",nda,
MIGUEL BOYER SALVAOOR
El
Ministro
de Economfa ,
Hacienda.
MIGUEL BOYER SALVADOR
Articulo
1."
Se
accede 'a
la
reversi6n
en
favor
del-
Ayunta-
miento
de
Aracena(Huelva)
del
inmueble
que
donó
al
Estado
con destino a
la
construcción
de
un
parador
nacional
de
turll-
mo
en
dicho
término
municipal.
el
cual
no
se
ha
cumplido,
cuya
donación
fue
aceptada
en
escritura
otorgada
el
11
de
noviembre
de
1975. describiéndose el
inmueble
que
revierte
de
la
siguiente
forma:
Parcela
de
terreno
de
33..(57 metros
cuadrados
sita
en
el
paraje
denominado
.Balbono-
y
.Alto
Peluca.
de
dicho
término
municipal.
que
linda: Norte,
camino
de
servidumbre
a
varias
fincas¡ Este,
finca
de
herederos
de
.Jesús
Sancho
Carrlón;
Sur,
C&tTetera
nacional
433
de
Ventas
del Alto a
El
Repilado. y
Oeste,
camino
de
paso a
varias
fincas. '
Art.
2.-
En
la
escriturs
de
mversi6n
que
88
otorgue
Be
hará
constar
la
formal
declaración
del
Ayuntamiento
al
que
revierte
el bien,
de
que,
con
la
entrega
yrecepción del mismo
en
la
si-
tuación
de hecho y
de
derecho
en
que
actualmente
se
encuentra
considera
enteramente
.satisfecho
su
derecho
sin
que
tenga
que
reclamar
nada
ant.e el Estado
por
ningún. concepto
derivado
o
relli.cionado con
la
donaci6n. conservaci6n yreversi6n:
de
aquél
y
de
que
serin
de
su
exclusivo
cargo
todos los gast.os a
que
lugar
la
reversión y
la
escritura
ptlbli08
en
que
Be
formaltce.
Art. 3.0
Por
el Ministetio
de
Economfa yHar.ienda. a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del Estado,
89
llevarAn a
cabo los tré.mftes
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
sedis-
.pone
en
el
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid
a8
de
febrero
de
lQ84.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Economia
.,
Hacienda.
MIGUEL BOYER SALVADOR
6733
REAL
DECRETO 526/1984,
de
8
de
lebrero.
por
el
Que
Be
accede a
la
reversión
soltcitada
por
el
4yun-
temiento
de
Aracena
(HuelvaJ
de
un
inmueb'.e
que
donó
al
Estado.
El
Ayuntamiento
de
Aracena
(Hue1va)
donó
al
Estado
un
inmueble
sito
en
ei mismo
término
municipal,
con
una
superfi~
cie
de
33.457
metros
cuadrados,
con el
no
de
constnllr
un
para-
dor
nacional
de
turismo.
La donacf6n fue
formalizada
en
esa1tu~
ra
pública
d~'11
de
noviembre
de
1875.
Dicha
Corporación
ha
solicitado
la
reversión
por
no
haberse
cumplido
el
fin
de
la
donación, petición
que
ha
'sido
informada
favorablemente
por
el Ministerio
de
Transportes,
Turismo
yCo-
municaciones.
Por
todo lo expuesto, y a
propuesta
del Ministro
de
Ecónomfa
yHacienda,
previa
deliberación del Consejo
de
Ministros en
su
reunión
del
dia
8
de
febrero
de
1884.
DISPONGO,
6732
REAL
DECRETO
625/1984.
de
B
eH
febrero.
1IOI'sJ
que
se
acepta la
donación
al
Estado
por
el
Ayun-
tamiento
de Reinosa
(Santander)
de
un
inmueble
de
3.021
metros
cuadrados
••
ito
en
.u
térmiM
mu·
nicipal.
con
destino
a
la
construcción
de
una
es-
tación
de autobu.e•.
Por
el
Ayuntamiento
de
Reinosa
(Santander)
ha
sido
ofre~
-cido
al
Estado
un
inmueble,
de
una
extensión 8uperfici&! de
3,021
metros
cuadrados,
sito
en
su
término
municipal, con
desti~
no
a
la
construcción
de
una
estación
de
autobuses,
Por el Ministerio
de
Transportes,
Turismo y
Comunicactone.
se
considera
de
interés
la
aceptación
de
1&
referida
donación.
En
su
virtud, a
propuesta
dei
Ministro
de
Economía yHa-
cienda
y
previa
deliberaci6n dei Conselo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
8
de
febrero
de
1964,
DISPONGO,
ArUculo 1.0 De
conformidad
con lo dispuesto
en
el
articulo
24
de
la
Ley del Patrimonio'"
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
el
Ayuntamiento
de
Reinosa
(Santander)
de
un
inmueble
de
3.021 metros
cuadrados,
sito
en
su
término
municipal,
que
linda:
Norte,
plaza
del
Comandante
López MuAiz; Sur. terrenos
de
RENFE y
.Almacenes
Casta1\eda-; Este,
terrenos
de
RENi''E. y
Oeste,
terrenos
que
la
separan
de
la
carretera
de
Madrid
&
Santander
{avenida
de
Navarral,
Sobre
la
parcela
en
su
¡{mita
Norte existe
una
vivienda
de
planta
baja
oon
una
sU¡kJrlicie
de 64,99 metros
cuadrados.
.
El
inmueble
donado, se
destinará
&.la
construcción
de
una
estación
de
autobuses.,
,.
,
Art. 2.0El
inmueble
mencionado
deberá
incorporarse
al
In·
ventario
General
de
Bienes del Estado,
una
vez
inscrito
8U
nombre
en
el·Registro
de
la
Propiedad,
para
su
ultertor
afecta-
ción
por
el Ministerio
de
Economia y
Hacienda
al
de
Transportes,
Turismo yComunicaciones
para
los servicios
de
estación
de
au-
tobuses. dependientes
de
este
último
Departamento.
La
finalidad
de
la.
donación
habrá
de
cumplirse
de
conformIdad con lo
dls--
puesto
en
la
vigente legislaci6n de
régimen
local.
Art.3.0
Por
el'
Ministerio
de
Economia íHacienda. a
través
de
la·
Direcci6n
General
del
Patrimonio
de
Estado, se
llevarán
acabo los
trámites
necesarios
para
la
efectivIdad
de
cuanto
se
dispone en el
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid
a8
de
febrero
de
191\4.
JUAN CARLOS
R.
MINISTERIO·
ECONOMIA
y
HACIENDA
6730
DE
DISPONGO,
Articulo
l.
oDe conformidad con lo dispuesto en el articulo
24
de
la
Ley
del
Patrimonio
se
acepta
la
donaci9n
al
Estado
por
el
Ayuntamiento
de
Agoncillo (La Rioja)
de
un
inmueble
de
35
metros
cuadrados
·de superficie, sito
en
-su
término
municipal,
que
Unda:
Norte,
camino
de
seceso, 'al
otro
margen
del
cual
está
la
bodega
de
Vicente Royo Z6rzano;
Sur,
..camino acceso,
al
otro
margen
del
cual
está
1&
valla
de
la
autopista
del Ebro¡ Este,
parcela
donada
al
Cuartel
Cener&! del Aire, yOeste, bodega de
Julián
Martfnez Martinez. .
El
inmueble
donado
S8
destinará
a
las
necesidades de
'las
Fuerzas
Armadas.
Art.
2.0El
inmueble
mencionado deberé.
incorporarse
al
In-
ventario
General
de
Bienes del Estado.
una
vez
inscrito
asu
nombre
en
el Registro
de
la
Propiedad,
para
su
ulterior
afecta-
ci6n por
el
Ministerio
de
Economia y
Hacienda
al
'de Defensa
para
los servicios de
las
Fuerzas Arme.das,
dependientes
de
este
'Último
Departamento.
La finalidad
de
la
donaci6n
habrá
de
cum-
plirse
de
conformidad
con lo dispuesto
en
la vigente legislaci6n
de
Régimen LocaL
Art. 3.0
Por
el MhJisterio
de
Economía yHacienda, a
través
de
le.
Dirección
General
del
Patrimonio
del Estado,
se
llevarán
acabo los
trámites
necesarios
para
la
efectividad de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madtid
a8
d~
febrero de 1984.
.
REAL
DECRETO
5I.3/l984.
de
8
de
febrero,
por
.1
que
B6
acepta la cionación
al
Estado
por
el
Ayun-
tamiento
de
Agoncillo
{La
BtajaJ
de
un
tnm,
..
eble
de
35
metro,
cuadrado
••
ito
en
BU
término
munici·
paZ
con
destino
el
la.
nece,tdade,
de
la.
Fuerws
Armada
•.
Por
el
Ayun¡.ami.ento de Agoncillo (La Rloja)
ha
sido ofrecido
al
Estado
un
1.Iimueble
de
una
extensión superficial de
35
metros
cuadrados, sito
en
su
término municipal, con destino a
las
nece·
sidades
de
1&5
Fuerzas
Armadas.
Por
el
Ministerio
de
Defensa
se
considera
de
interés
la
acep-
tación
de
la
referida
donación a
propuesta
del Ministro de
Econom1a y
Hacienda,
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Mi·
nistros
en
su
reunión
del
día
8
de
febrero
de
1984,
6731
REAL
cDECRETO 524/1984. de 8
de
febrero. Dor
el
que
Be
rectifica
el
Real. Decreto
1051/~82.
de
17 de
abril.
en
virtud
del
cual
se
acordó
aceptar
la
do~
nación
.al Estado
por
la
Agrupación
de
Hoteleros
.Playa
de Palma-o
Por
Real Decreto 1051/1982,
de
17
de abril, se acordó
aceptar
la
donación
al
Estado
por
la
Agrupación
de
Hoteleros
.Plafa
de
Palma-,
de
un
Inmueble
con
destino a
la
construcción
de
una
Comisaria
de
Pollcia.
Posteriormente,
la
Agrupación
de-
Hoteleros
.Playa
de
Palma-
ha
precisado
que
la descripción
correcta
del
inmueble
a
donar
no
es
la
descrita
inicialmente,
lo
cual
ha
sido
informado
favo-
rablemente.
por
el Ministerio dei. Interior,
En
8U
virtud.
8-
propuesta
del Ministro
de
Economfa yHa-
cienda, y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
8
de
febrero
de
1984,
DISPONGO,
Articulo
único.-Se
rectifica
el
articulo
primero
del Real
De-
creto 1051/1982,
de
17
de
abril,
que
quedará
redactado
asi:
.ArUculo
primero.-De
conformidad
con
lo dispuesto
en
el
articulo
24
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado,
se
acepta
la
donación
al
Estado
por
la
Agrupación
de
Hoteleros
"Playa
de
Palma"
de
un
inmueble
de
7&0
metros
cuadrados
de
superficie
atJegregar de
otro
de
mayor
cabida.
sito
en
Palma
de
Mallorca,
lindando
el
primero~
Frente,
con
calle Marbella,
mediante
franja
de
zona
verde pública;
derecha,
entrando,
con
resto
de los sola·
res
de
la
parcela
de
qua
se I8grega¡
izquierda
entrando,
oon
el
hotel
"Ambos
Mundos"; fondo, con paso peatOnal.. .
Figura
inscrita
.la
finca
matriz
en
--el
Re~.siro
de
la
Propiedad
al
tomo 4.373, folio 61, libro 577
de
la
Sección
IV,
finca
núme-
ro
34.684, inscripción
primera.
El
inmueble
donado se
destinará
a
la
construcción
de
una
.
Comisaria
de
Policta.
.Dado
en
Madrid a8
de
febrero
de
1984.
JUAN CARLOS R.

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