Decreto 2380/1970, de 16 de julio, de clasificación académica en la categoría de Reconocido de Grado Elemental del Colegio de Enseñanza Media no oficial, masculino, «Los Lagos». de Vicálvaro (Madrid).

MarginalBOE-A-1970-46709
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyDecreto
B.
O. del
B.-Núm.
203 25 agosta 1970 13889
establezca
la
Ley
Géne.ral ele Educac1ón.
de
conformidad con el
artlculo
treinta
y
Ires
de
la.Ley
'"
Ordenación
de
la
EnsefiatlZa
Media
ycon e! &rtleulo
trece
del Decreto
de
veintiuno
de
julio
de
mU
novecientos
cincuenta
ycinco,
que
.aprobó
el
Reglamento
de
C'entroe
no
Oftc1a1e8
de
este .
Grado
de
enseftanza;
previos los
Informes
emltld
..
en
sentido
favorable
por
la
Inspección
de
En-
_
MedIa
del
Estado
ypor
el
Rectorado
de
la
Unlversldad
de
'Madrld Yvisto el
dictamen
emitido
en
igual
sentido
por
el
Consejo
Naelonal
de
Educación, a
propuesta
del MIDlsIro
d<>
Edu-
cación
y
Clencla
y
previa
dellberaC1ón.del
eonseJo
de
MInistros
en
8U
reun1ón del
día
diez
de
julio
de
mil novecientos
setenta.
,>
DISPÓN
GO;
Artie"'..11o
primero.
-
Queda
claB1ficado
como
Reconocido
de
Grado
Elemental. con
el
alcance yefectos que
para
dicha
cate.
garía
y
grado
académico
establecen
la
Ley
de
Ordenac1ón
de
la
Ensefianza
Media
Y
sus
d1spos1clone~
complementarias.
el
Co-
legio
de
Ensetianza
Media
no
oficial, mascUlino,
«Santa
Illa».
de
Madrtd-ehamartln.
.
Mticulo
segundo--Se
autoriza
al
Ministerio
ele
Educación
y
Ciencia
para
dictar
las
dlspos1ciones
que
sean
precisas
para
el
cumplimiento del
presente
Decreto, de conformidad con
la
lEg1&
ladón
hOY
vigente.
pero
supeditado alo que
en
su
dia
establezca
la
Ley
General
Educación. .
As! ,
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
adieciséis
de
julio
de
mil
novecientos
setenta..
FRANCISCO
FRANCO
..
M1n1atro
el,
E4ucaetón ,Ciencia.
JOSB
LUIS
VILLAR
PALASI
DECRETO
237811970,
de
16
de
julio,
de
clasifica-
ción
aca
en
la
categoria BeconocIdo
de
Grado
Elemental
del
Colefi{o
de
E1I8e'fiana4
Media
no
o/Ielal,
1""..,.lno,
«Santa
lllas,
de
Madrid-
Chamartl'l.
.
Cumplidos
los
trám1tes
preceptivos
en
el
expediente
de
clasi-
ficación ll.cadémica
incoado
por
el
Colegio,
femenino,
cSanta
Dla»,
de
Madrid-ehamartln,
yBln ¡¡eJ:JulclO
de
lo
que
en
S"d
dla
establezca
la
Ley
General
de
Educacl6n,
de
conformidad
con
10
dispuesto
por e!
articulo
Irelnte
y
tres
de
1&
Ley
'"
Ordenación
de
la
EnsetiBnza Media y
por
el
articulo
trece
del
Decreto
de
veintiuno de Julio
de
mll novecientos cincuenta yclnco,
que
aprobó
el
Reglamento de Centros
no
O1lciales
de
este
grado
de
ensefíanza, previos los
lnformes
emitidos
en
sentido
favorable
por
1&
InspeccIón
de
Ensefianza
Media
del
Estado
y
por
e! Rec-
torado
de
la
Unlveraldad
de
Madrid Yvisto el
dictamen
emttldo
en
Igual
sentido
por
el
Consejo
Nacional
de
Educación, a
PJ'O'
puesta
del
Mln1Bt>ro
de
Educación
y
Clencla
yorevla
delibera-
ción
de!
Consejo
de
MInistros
en
su
reunión
del ella
diez
de
julio
de
ml1 novecientos
setenta.
DISPONGO;
ArtiC'".l1o
primero. -
Queda
clasi:ficado
como
Reconocido
de
Orado
E1ementaJ.. con el alcance y
efectos
que
para
dicha
eate-
garla
y
grado
académico
establecen
]a
Ley
de
Ordenación
de
ra
Ensef5anza MecUa y
sus
disposiciones complementarlas, el Co-
legio
de
_anza
Media
no
otIclal. femenino.
csante
I11a».
·de
Madrld-ehamartln.
Articulo
segundo-&
autoriza
al MlnlSterlo
de
Edu""".lón y
Clencla.
para
dictar
las
disposiciones
que
sean prec1Bas
para
el
eumllllmlento del
presente
Decreto,
de
conformidad
con
la
1eglS-
laclón
hoy vigente.
pero
suneditado
a
lO
que
en
su
dfa
estableZca
la
Ley
Genera]
de
Ed'ucaclón
.•
Aal
10
dIl¡pongo.
por
el
presenta
Decreto.
dado
en
Madrid
adlectséls
de
julio
de
mil
novecientos
setenta.
FRANClEOQ
F'RANCO
..
Ministro
-de
Educación
y
Otencla.
JOS
LUIS
VILt.\R
PALAS1
DECRETO
237911970,
de
16 de
julio,
de
claslnca-
clón
académfca en
la
categorfa
Reconocido
de
Grado
Elemental
del
Colegio
de
EnseP1a1lza
Media.
no
oficial. femenino, «Santa
Maria
de
108
Axgelen.
de
Pozuelo
de
Alarc6n
(Madrid).
Cumplidos
los
trámites
preceptivos
en
el
expediente
de
cla~
stttcaet6n académica
incoado
por
el
COlegio
femenino
«Santa
MarIa
de
loa Angeles»,
de
Pozuelo
de
A1arcón
(Madrid),
Y
sin
perjuicio
de
lo
que
en
su
dfa
establezca
la
Ley
General
de
Educación,
de
conformidad
con
el
artIculo
treinta
Ytres
de
la
Ley
de
Ordenación
de
Enseiianza
Media
y
con
el
articulo
tre-
ce
del
Decreto
de
veintiuno
de
jUlio
de
mu
novecientos
cin-
cuenta
ycinco, que- aprobó
el
Reglamento
de
pentros
no
OO·
ciales
1e
este
grado
de
ensefianZa. previos los
Informes
emi-
tidos
en
sentido
favorable·
por
la
Inspección
de
Enseñanza
Media
del
Estado
y
por
el
Rectorado
de
la
Universidad
de
Madrid.. yvis,to el dictamen emitldo
en
igual
sentido por
el
Consejo
Nacional
de
Educación. a
propuesta
del Ministro de
Educación
y
Ciencia
y
previa
deliberación
del
consejo
de
Mi-
nistro!'
en
su
reunión
del
día
diez
de
julio
de
mil
novecientos
se~ta.
.
DISPONGO:
Articulo
prlmero.-Queda
clas1ficadd como t{econocido
de
,Grado
Elemental
con
el alcanCe y
efectos
que
para
dicha
ca,..
tegoria, .y
grado
académico
establecen
la
Ley
de
Ordenación
de
.la
ltnseftanza
Media y
sus
disposiciones
complementarias
el
Colegio
de
En.sefianza Media
no
oftc1a1.
f.em.enino,
«Santa
Maria
de
los Angeles». de Pozuelo de Ala'rcón {Madrid)
Articulo 5egundo."--Se
autoriza
al
Min1sterio de
Educación
yCiencia
para
dictar
las disposic1ones que
sean
precisas
para
el cumplimiento del
presente
Decreto.
de
conformidad
con
la
legislación
hoy
vtKente.pero
S"J.oeditado. alo que
en
su
cUa
eg,.
tablezca
la
Ley
General
de
Educación
As1
lo dispongo
por
el presente Decreto,
dado
en
Madrid
adieciséis
de
juUo
de
mil novecientos
setenta.
FRANCISCO
FRANCO
a
Min1atro
de
Eiducactón.1
Ctenc1a
JOSE
LUIS.
VILLAR
PALASI
DECRETO
238011970, de
16
de
julio,
de
clas'fica-
ción acadénúca en
la
categorfu
de
Reconoddo
de
G1'OOO
Elemental
del
Colegro de Enseñanza Media
no
oNatal. masculino, «Los Lagos»,
de
Vict1lvaro
(Madrld/.
Cumplidos
los
trámites
preceptivos
en
el expediente de
cla--
sificación
académica
Incoado
por
el Colegio mascullno «Los
Lagos»,
de
Vlcálvaro
-y
sin
perjuicio
de
lo
que
en
su
dia establezca
la
Ley
General
de
Educáclón,
de
conformidad
con
e!
artlculo
treinta
ytres
de
l.
Ley
de
Ordenación
de
la
E11Seflanza Media
y,
con el artlctilo trece del Decreto
de
veIn·
tiuno de julio
de
mil
novecientos
cincuenta
ycinco. que apro-
el Reglamento de Centros
no
Oficiales
de
este grado
de
ensefianza.·
previos.
108
informes
emitidos en
sentido
favorable
por
la
Inapecc!ón
de
_an.a
Media
del
Estado
y
por
el
Rectorado
de
1.
Universidad
de
Madrid, yvisto el
dictamen
emitido
en
igual sentido por
el
Consejo Nacional
de
Educa,ci6n,
. a propuesta
del
Ministro
de
.
Educación
y
Ciencia
yprevia de-
llbe\'aclón
del
Consejo
de
MInistros
en
su
reunión
del
dla
diez
de
julio
de
mil novecientos·· Retenta.
DISPONGO;
Articulo
primero,-Queda
clasificado
c'c.rno
Reconocido
de
Grado
Elemental
con
el
alcance
yefeetos que
para
dicha
C9r
tegorla
y
grado
..
adémlco
establecen
la
Ley
de
Ordenación
de
la
Enseftanza
y
sus
disposiciones
complementarlas el Cole-
gio.
de
Ensefumza .
Media
no
oftclal
masculino(
«Los
Lagos».
de
VleMvaro
(MadrId).
ArtIculo
segundo.-Be
autoriza
al
Ministerio
de
Educación
yCleneta
para
dictar
las
disposiciones
que
sean
precisas
para
el .cumplimiento del
presente
Decreto,
de
conformidad con
la
legislación
hoy
vigente.
pero
aunedltado
a
]0
que
en
su
dla
....
tablezca
la
Ley
General
de
Educación. '
As!
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto.
dado
en Madrid
adieciséis
de
julio
de
mil
novecientos
setenta.
,
FRANCISCO
FRANCO
1m
Mlntstro
de
Educac1ón
,
O1eJlC1a
JOBE
LUIS
VILLAR
PALASI
DECRETO
238111970, de 16 de julio, de
claslfica-
ción
académlca
en
la
calegoria
de
Reconocldo
de
Grado
El
del
Coleglo
de
lnaeñ4nza
MedIa
no
afielal, m.asculfno, «San José de
Calasqnn.
de
La
Laguna
(Tener/le).
Cumplldos
los trám1teB preceptiv04
en
el expediente
ele
cta.-
siftcac1óri aeadémica
incoado
por
el Colegio, masculino., «San:
José
de
Calasans>,
de
La
Laguna
('1'enerl!el, y
sin
PerjuiCiO
de
10
que
en
su.
estab1sCa
la
:Ley
General
de
Educación.
de
confonnldad
con
el
articulo
treinta
y
tres
de
la
Ley
d.
Qr.
denaelón
de
la
Ensell""""
Media ypor el
articulo
trece
del
Decreto de ve1ntiuno
d.
Julio
de
mil novec1entoe cincuenta y
clnOO,
que
aprobó
el
Reglatllento
de
centros
no Oficiales
de
este Kra40
de
enaefianza. prev10l los tnformea emitidos en sen-
tido
favorable
por
la
InspeccIón
(\e
Ensefianza Media
del
Estado
Y
por
el
Rectorado
de
la
UnIversidad
de
La
Laguna,
v
visto

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